11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

3/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Concertación entre autoridades nacionales y locales no es prerrequisito para realización de una consulta popular (9:28 a.m.)

09 de Noviembre de 2017

Reproducir
Nota:
57753
El Consejo de Estado negó la acción de tutela por medio de la cual el Ministerio de Minas y Energía pretendía que se dejara sin efectos el fallo que declaró constitucional la consulta que busca indagar a los habitantes de El Peñón (Santander) si están de acuerdo o no con la realización de actividades de extracción minera y petrolera en esa población. La Sección Cuarta determinó que la concertación entre autoridades nacionales y locales no era prerrequisito para la realización de la consulta y explicó que los alcaldes no están privados de acudir a este tipo de mecanismos de partición para decidir sobre la realización o no de actividades mineras o de extracción de hidrocarburos en sus municipios. En el documento adjunto a esta nota encuentre los detalles del caso y las demás consideraciones que tuvo en cuenta la Sala (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)