Concejos municipales no están facultados para adoptar nuevos POT, solo para introducir modificaciones
11 de Diciembre de 2020
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Nota:
119728
La Sección Primera del Consejo de Estado declaró la nulidad del reajuste al plan de ordenamiento territorial (POT) de Arauca, adoptado por el concejo municipal en el año 2009, por considerar que si bien no era obligatorio contar con el concepto del Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial, las facultades de las entidades territoriales en esta materia se limitan a introducir algunas modificaciones mas no a incluir contenidos estructurales y de largo plazo. La decisión, que ratifica la nulidad declarada por el Tribunal Administrativo de Arauca, determinó además que no habían vencido los términos mínimos de vigencia previstos en el POT anterior, los cuales debían regir durante tres administraciones municipales, es decir, el concejo tenía aval para modificar tales aspectos a partir del año 2012 y no en el 2009. La Corporación precisó que el ente territorial tramitó una modificación sustancial que no estaba habilitado a tramitar, como es la relacionada con el equilibrio entre el cuidado al medio ambiente y las necesidades sociales de la población (M. P. Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez).
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