Conceden prelación al fallo que decidirá la nulidad del acto que hundió las ‘curules de paz’ (9:10 a.m.)
28 de Enero de 2020
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Nota:
114013
La Sección Primera del Consejo de Estado decidió dar prelación de fallo a la demanda que, en ejercicio del medio de control de nulidad, fue presentada en contra del acto administrativo verbal proferido el 6 de diciembre del 2017, consistente en negar la remisión del acto legislativo por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en los periodos 2018-2022 y 2022-2026, por el entonces presidente del Senado de la República, Efraín Cepeda Sarabia. Así las cosas, la corporación abordará lo relativo a la naturaleza del acto objeto de control, la posibilidad de que el mismo sea enjuiciado en la jurisdicción, el desconocimiento de las disposiciones de orden constitucional y legal que permiten la aprobación de proyectos de actos legislativos, la aplicación del principio de rigidez constitucional y la interpretación del reglamento del Congreso de la República, todas estas consideradas materias de importancia jurídica inusitada en el contexto en que fue expedido el acto acusado, esto es, el procedimiento legislativo especial para la paz (C. P. Oswaldo Giraldo).
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