Colegios no pueden imponer identidad y orientación sexual a sus alumnos: Corte Constitucional (2:00 p.m.)
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06 de Noviembre de 2013
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La Corte Constitucional determinó que las instituciones educativas violan el derecho a la identidad y orientación sexual de sus alumnos al imponer sanciones a quienes expresen dicha autorreferencia bajo parámetros distintos a los de la mayoría. Así, no pueden tomar medidas en contra de quienes se identifiquen con modelos estéticos propios de minorías sexuales. Indicó que sugerir cómo debe expresarse dicha identidad y fijar sanciones a quienes no se acojan a tales principios desconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad y constituye una forma de discriminación. Ello porque quien impone la restricción termina sugiriendo que solo es deseable la forma en que la mayoría expresa la referencia a su identidad sexual y desconoce y castiga la forma como lo hace la minoría. Con estos argumentos, la Corte ordenó revocar la sanción al alumno de un colegio al que no se le permitió usar el cabello largo y maquillaje (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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