Censuran a abogado que realizó afirmaciones injuriosas y calumniosas contra Director de la Policía Nacional
30 de Diciembre de 2020
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Nota:
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La Sala Disciplinaria de la Seccional Bogotá sancionó con censura a un abogado por la falta consagrada en el artículo 32 de la Ley 1123 del 2007, en modalidad dolosa. Esta providencia fue confirmada en su totalidad por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, pues del material probatorio se evidencia que el comportamiento del disciplinado fue contrario a la manera como debe actuar un profesional del Derecho, pues realizó afirmaciones injuriosas y calumniosas contra el Director General de la Policía Nacional. La Corporación aseguró que este tipo de conductas afectan de manera grave a los profesionales que escogen como medio de subsistencia el ejercicio de la abogacía de forma independiente, quienes deben ser individuos de sanas convicciones éticas que entiendan cabalmente cuáles son los fines primordiales de la justicia. Igualmente, afecta gravemente la credibilidad frente a la sociedad, teniendo en cuenta que justamente es el medio humano por el que se accede a la justicia, en busca de la verdad real y material (M. P. Carlos Mario Cano Diosa).
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