Cae facultad atribuida a procuradores para fijar obligaciones en custodia, visitas y alimentos
24 de Junio de 2020
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El Gobierno expidió hace unas semanas el Decreto 460, por medio del cual pretendía garantizar la prestación ininterrumpida del servicio de las comisarías de familia del país, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada para enfrentar la pandemia de coronavirus (covid-19). Al respecto, la Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró contraria a la Constitución la facultad atribuida a los procuradores judiciales en familia para fijar obligaciones provisionales de las partes, en relación con la custodia, visitas y alimentos, por considerarlas inconexas desde la perspectiva misional de la Procuraduría General de la Nación. En la misma decisión, es importante aclarar, se declaró ajustado a la Carta Política el Decreto Legislativo 460, que garantiza la mencionada prestación de servicios a cargo de las comisarías de familia, en el marco del estado de emergencia.
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