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12 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Autoridades judiciales deben ser garantes de los derechos de las mujeres

31 de Mayo de 2023

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Así se configuran los estereotipos sobre el comportamiento sexual de la mujer (Freepik)

La Corte Constitucional advirtió en una tutela que las autoridades judiciales deben ser garantes de los derechos de las mujeres y que tal protección no debe quedarse en la esfera de la formalidad, sino que, por el contrario, debe trascender a la identificación de indicios que puedan advertir una violencia de género de índole sicológica y económica.

El alto tribunal estudió la acción de tutela de una mujer que acudió a la comisaría de familia para solicitar una medida de protección para ella y su hijo por los presuntos hechos de violencia de los que fueron víctimas mientras convivieron junto a su expareja y padre del niño. La comisaría decretó la medida y ofició a la Fiscalía para que se iniciara una investigación en contra del hombre y a Medicina Legal para que valorara físicamente a la mujer. (Lea: Corte Constitucional emite órdenes para combatir violencia en línea contra mujeres)

Sin embargo, en abril y junio del mismo año, la accionante denunció incumplimientos a la medida de protección que se le otorgó y denunció que fue víctima de violencia económica y sicológica por parte de su expareja. La comisaría de familia no decretó el incumplimiento a la medida de protección, pues consideró que no hubo palabras soeces o insultos por parte del hombre y, además, porque, al parecer, gozaba de buenas conductas como padre.

La Sala consideró que las entidades que conocieron del caso le restaron importancia y menospreciaron las declaraciones hechas por la accionante, lo que conllevó a que la víctima se frustrara y se sintiera agobiada al no sentirse escuchada por parte de las autoridades judiciales.

Por lo expuesto, la Corporación hizo un llamado a las autoridades judiciales, incluyendo a las comisarías de familia, a que resuelvan los casos con perspectiva de género y no únicamente aquellos catalogados como “graves”. Lo anterior pues en muchos casos se denotan diferentes tipos de violencia que ameritan una respuesta institucional coordinada que resuelva el asunto de fondo y proteja los derechos fundamentales de las mujeres, en especial al de vivir libre de violencia (M. P. Jorge Enrique Ibáñez).

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