Autonomía judicial le da discrecionalidad al juez para apreciar las normas aplicables al caso (4:34 p.m.)
13 de Noviembre de 2012
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Nota:
84651
La Corte Constitucional reiteró que aunque el juez está sometido al imperio de la ley y la Constitución, la autonomía judicial le proporciona discrecionalidad para apreciar las normas aplicables al caso. Del mismo modo, aclaró que la independencia judicial no puede convertirse en arbitrariedad, pues se desconocería el Estado social de derecho, lo que haría procedente la acción de tutela contra una decisión de este tipo. Así, indicó que mientras existan varias interpretaciones razonables debe prevalecer la del juez natural, para garantizar la especialidad de la labor judicial. Con estos argumentos, la Corte negó la tutela interpuesta por una magistrada sancionada en única instancia por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, corporación que rechazó el recurso de reposición presentado contra ese fallo. A su juicio, la Sala no violó el debido proceso de la accionante, porque realizó una interpretación razonable sobre la norma aplicable al caso concreto (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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