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Aunque haya una decisión previa desfavorable, es posible interponer nueva tutela sin que se señale temeridad (5:10 p.m.)

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19 de Junio de 2013

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El Consejo Superior de la Judicatura dejó sin efectos una sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema relacionada con la fórmula para determinar el valor de la mesada pensional. Teniendo en cuenta que el actor informó que por los mismos hechos ya había presentado una tutela que fue desfavorable a sus pretensiones, a juicio de la Sala Disciplinaria, la temeridad debe descartarse, porque no obró con mala fe procesal. Además, consideró que el fallo de unificación SU-1073/12, que reconoció a los pensionados el derecho a la indexación de la primera mesada pensional liquidada con los mismos parámetros (fórmula), es un hecho nuevo que hace procedente conceder el amparo solicitado por segunda vez (M. P. Pedro Alonso Sanabria).

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