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ATENCIÓN: Bajo estas condiciones se financiará con recursos públicos la fertilización ‘in vitro’ (4:40 p.m.)

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21 de Febrero de 2020

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La Corte Constitucional estableció los parámetros provisionales que deben cumplir los ciudadanos con baja capacidad económica para que se financien con recursos públicos tratamientos de fertilización. Para comenzar, estableció que (i) la persona debe encontrarse en un rango de edad en el que sea viable el procedimiento, (ii) debe ser prescrito por la EPS; (iii) previamente se deben agotar otras alternativas para atender la infertilidad del solicitante; (iv) el médico debe indicar el número de ciclos que deban realizarse (máximo tres); (v) los interesados deben carecer de capacidad económica para asumir el costo del tratamiento; (vi) no deben tener hijos ni habérsele practicado previamente el tratamiento de fecundación in vitro y (vii) demostrar que si no se practica el procedimiento se vulneran o se ponen en inminente riesgo los derechos fundamentales del solicitante. Sin embargo, la financiación no será total, pues los interesados deben realizar un aporte, así sea mínimo, para la realización del tratamiento.

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