Atacan parcialmente norma sobre responsabilidad por daños causados por animal salvaje (3:47 p.m)
20 de Junio de 2017
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Nota:
56356
La Corte Constitucional admitió recientemente una demanda que busca la inexequibilidad de la expresión: “no será oído”, contenida en el artículo 2354 del Código Civil. Dicha normativa establece que el daño causado por un animal fiero (salvaje o agresivo), de que no se reporta utilidad para la guarda o servicio de un predio, será siempre imputable al que lo tenga; y si alegare que no le fue posible evitar el daño, no será oído. De acuerdo con los argumentos de los demandantes, el aparte acusado es violatorio, principalmente, del debido proceso constitucional (artículo 29 de la Carta Política del 91), en tanto desconoce, supuestamente, el derecho a la defensa y a la contradicción. En el documento adjunto a esta nota puede encontrar todos los detalles de esta acción pública de inconstitucionalidad.
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