Así modificarían regulación del documento de voluntad anticipada (9:49 a.m.)
22 de Mayo de 2017
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Nota:
55492
Para reglamentar la Ley 1733 del 2014 (Ley de Cuidados Paliativos), el Ministerio de Salud busca ampliar aspectos en la formalidad y trámite de la declaración de voluntad mediante el Documento de Voluntad Anticipada (DVA), de manera tal que sea clara la manifestación que se incorpora en el documento y que la misma otorgue confianza a terceros, entre ellos a los profesionales de la salud, así como establecer mecanismos especiales para el conocimiento de dicha declaración, respetando la debida reserva de la información. Así, el ministerio publicó un proyecto de norma al respecto donde define el contenido del DVA, señala cómo se haría su formalización y el cumplimiento de la voluntad anticipada, entre otros temas. Es de señalar que esta norma derogaría la Resolución 1051 del 2016. Entonces, en cuanto a la formalización del documento, podría hacerse por escrito y por cualquiera de los procedimientos que a continuación se señalan, a elección de la persona que lo otorga: ante notario, ante dos testigos o ante el equipo médico. Las observaciones y comentarios serán recibidos hasta el próximo 25 de mayo en el correo lbastidas@minsalud.gov.co o en la línea 3305000, extensiones 5046 y 5060.
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