Así es el fallo que respalda el pago diferido de los servicios públicos de acueducto en pandemia
18 de Agosto de 2020
La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-203 del 2020, declaró exequible el Decreto 528 del 2020, por el cual se dictan medidas para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del estado de emergencia declarado por la propagación del coronavirus (covid-19). Teniendo en cuenta que las condiciones de aislamiento restringen la actividad económica y comprometen la capacidad de pago y el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios, el alto tribunal avaló la creación de estrategias para dar alivios financieros y, así mismo, asegurar la estabilidad financiera de los prestadores de estos servicios públicos, aun sin el pago oportuno del usuario. De otra parte, de acuerdo con el informe presentado por el Ministerio de Vivienda, según la cual en las vigencias 2017, 2018 y 2019, en promedio, el 22 % de los municipios del país no giró oportunamente los recursos destinados a cubrir los subsidios en materia de acueducto, alcantarillado y aseo, se estimó necesario oficiar a dicha entidad para que remita información detallada sobre el incumplimiento a los entes de control, con el fin de que adelanten las actuaciones a que haya lugar (M. P. Diana Fajardo).
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