ARL debe garantizar tratamiento integral de trabajador que sufre accidente laboral y es despedido por causa legal (2:40 p.m.)
16 de Septiembre de 2014
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Nota:
63461
La administradora de riesgos laborales (ARL) debe garantizar tratamiento integral al trabajador que sufre accidente laboral que es despedido por causa legal, esta es la regla que aplicó la Corte Constitucional al ordenarle a una ARL continuar con la prestación de los servicios requeridos por el trabajador hasta que logre su completa recuperación y rehabilitación, so pena de incurrir en desacato. En el caso analizado, encontró que la empresa de seguridad empleadora terminó el contrato de trabajo exclusivamente por el hecho de que la Superintendencia de Vigilancia le canceló su licencia de funcionamiento y, por lo tanto, legalmente no estaba autorizada para cumplir con su objeto social. En este contexto, consideró que el presente asunto no concurren las condiciones para la aplicación del derecho a la estabilidad laboral reforzada (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).
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