Aplicación de normas procesales no puede convertirse en un proceder automático (2:39 p.m.)
19 de Junio de 2018
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Nota:
108434
La Sala Octava de revisión de tutelas de la Corte Constitucional señaló que las autoridades judiciales y las administrativas deben observar las formas y los procedimientos propios de cada trámite que es de su conocimiento. No obstante, aclaró que la aplicación de las normas procesales no puede convertirse en un proceder automático, porque con ello podría desconocerse la verdad jurídica objetiva evidente en los hechos. Por esa razón, el fallo de tutela afirmó que los requisitos formales deben ser ponderados con los principios que conforman el ordenamiento jurídico y así evitar incurrir en la aplicación excesiva de la ritualidad, so pena de desconocer lo consagrado en el artículo 228 de la Constitución Política (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).
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