Análisis de la responsabilidad extracontractual del Estado no inicia con el título o régimen jurídico aplicable (12:10 p.m.)
15 de Octubre de 2019
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Nota:
113368
Una providencia reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado, a través del estudio jurisprudencial del medio de control de reparación directa, concluyó que el análisis de la responsabilidad no inicia con el título o régimen jurídico aplicable, sino con la verificación de la existencia del daño, entendido como la alteración negativa a un interés lícito o situación jurídicamente protegida. De ahí que para efectos de resolver cualquier caso debe establecerse, en primer lugar, si se produjeron los daños alegados en la demanda, para luego entrar a definir si estos resultan antijurídicos y si le son imputables a la parte demandada (C. P. María Adriana Marín).
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