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Ampliación de presunción de donación de órganos, a punto de convertirse en ley (4:09 p.m.)

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16 de Diciembre de 2015

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El proyecto que busca modificar la Ley 73 de 1988 y la Ley 919 del 2004, sobre donación de órganos, recibió ponencia favorable para último debate. La iniciativa plantea la presunción legal de donación cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento; igualmente, establece que la voluntad de donación expresada en vida por una persona solo puede ser revocada por ella misma y no podrá ser sustituida por sus deudos y/o familiares. En caso de que la persona no desee donar sus órganos, deberá manifestar su oposición en vida mediante escrito protocolizado ante notario público y radicado en el Instituto Nacional de Salud (INS). Igualmente, podría oponerse a la donación al momento de su afiliación a la EPS. En caso de convertirse en ley de la Republica, se prohibirá la prestación de servicios de trasplante de órganos y tejidos a extranjeros no residentes en el territorio nacional, salvo excepciones expresamente señaladas en la disposición, así como también la salida de tejidos o médula fuera del territorio nacional. Igualmente, se busca aumentar las penas en contra de las personas que trafiquen o comercialicen órganos o tejidos, penas de prisión que irían desde los cinco y hasta los siete años. También se establecería la posibilidad que los menores de edad puedan donar desde que se cuente con la autorización expresa de sus representantes legales. El Gobierno deberá implementar estrategias de información a la población, tarea que podrá ser coadyuvada por las instituciones médicas acreditadas que realicen trasplantes.

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