Alcaldía de Neiva no puede negar el acceso de los ciudadanos a sus instalaciones por la forma de vestir (8:10 a.m.)
14 de Noviembre de 2017
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Nota:
57718
La Corte Constitucional amparó el derecho al libre desarrollo de la personalidad de un ciudadano al que le fue negado el ingreso a las instalaciones de la Alcaldía Municipal de Neiva (Huila) por ir vestido con bermudas. En consecuencia, ordenó a la administración municipal modificar la Circular 007 del 2016, que imparte instrucciones para el servicio de vigilancia, en el sentido de suprimir el numeral primero de la misma, con el fin de eliminar las restricciones relacionadas con el vestuario impuestas a las personas que acuden a ese lugar. Según el alto tribunal, la medida analizada es inconstitucional, en tanto restringe, de una manera muy intensa, los principios y derechos fundamentales, lo cual no se justifica si se tiene en cuenta el favorecimiento inexistente o muy leve de los fines que persigue (M. P. Carlos Bernal).
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