Advierten a Procuraduría que no puede negarse a suministrar información con base en normas sublegales (11:40 a.m.)
24 de Agosto de 2015
Reproducir
Nota:
103512
El Consejo de Estado determinó que la Procuraduría no podía negarse a suministrar información sobre ciertos gastos de desplazamientos de la esposa del jefe del Ministerio Público, con base en normas reglamentarias. Para la Sección Primera, la negativa de la demandada a suministrar datos sobre la financiación de la estadía de la señora Beatriz Hernández en algunas visitas oficiales de la entidad no se ajusta a los parámetros del artículo 74 de la Constitución, que protege el derecho de acceso de los ciudadanos a documentos públicos, en tanto que la reserva del Ministerio Público se basaba en normas reglamentarias, como los artículos 2.13, 5º y 6º del Decreto 4912 del 2011. Para la corporación, dichos mandatos, relacionados con la reserva de datos sobre los adjudicatarios de esquemas de seguridad con cargo al Estado, no eran válidos para impedir que el abogado y columnista Ramiro Bejarano accediera a ellos con fines periodísticos. Indicó que dado que el interés del peticionario no era conocer en detalle los aspectos íntimos de la vida familiar del Procurador y de su esposa, ni que se vislumbra en su requerimiento una afectación de su seguridad personal, en este caso, debe primar el derecho a la información, concluyó la Sala. De ahí que ordenara a la accionada informar sobre los gastos de desplazamiento y de estadía de la señora Hernández, durante visitas a distintas poblaciones del país en las que la esposa del Procurador acompañó a la delegación del Ministerio Público en la entrega de regalos a comunidades vulnerables (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
Opina, Comenta