Corte se pronuncia sobre nombramientos en provisionalidad dentro de la Procuraduría
15 de Junio de 2021
La Corte Constitucional había admitido una demanda en contra de expresiones de los artículos 82, 185, 186, 187, 188 y 218 del Decreto Ley 262 del 2000, norma que modificó la estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación y que contiene, entre otras, disposiciones sobre el régimen de carrera de dicha entidad. Los artículos demandados, referentes a la provisionalidad dentro de los nombramientos que se adelanten dentro de la Procuraduría, fueron acusados de vulnerar los artículos 1, 2, 4, 53 y 209 de la Constitución Política. Con relación al cargo sobre desconocimiento del principio del mérito y la carrera administrativa la Sala decidió estarse a lo resuelto en la Sentencia C-077 del 2004, que los declaró exequibles. Respecto del mismo cargo, fue declarado exequible el artículo 218 del decreto ley. La Corporación declaró la exequibilidad de todos los artículos demandados al encontrar que estos no desconocen el principio de igualdad en el acceso a cargos públicos. Para llegar a esta última decisión la Sala aplicó un juicio integrado de igualdad a partir del cual concluyó que “las normas acusadas no comportan un trato discriminatorio injustificado en la discrecionalidad conferida al Procurador para proveer transitoriamente cargos de carrera mediante encargos o nombramientos en provisionalidad, razón por la cual no quebrantan el [mencionado] principio” (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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