14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Acompañamiento terapéuticos en aula no es un servicio a cargo del Estado (9:38 a.m.)

13 de Septiembre de 2019

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Nota:
113729
"El Estado debe priorizar la educación inclusiva de todas las personas en cumplimiento del principio de igualdad. A su vez, debe velar por la formación integral, instalaciones adecuadas y, en general, “asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo”. Ahora bien, y según un fallo de tutela reciente de la Corte Constitucional, los acompañamientos terapéuticos en aula, como ajuste razonable para materializar la educación inclusiva, son servicios cuya función es educativa y, por ello, ""deben ser asumidos por el sector de educación"" (M. P. Alejandro Linares). "

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