GENERAL - ESPECIAL MUERTE DIGNA
Una mirada mundial a la decisión de morir bajo el amparo de la ley
18 de Mayo de 2017
Países en donde existen leyes sobre muerte digna.
Redactora Ámbito Jurídico | Diseño Gráfico |
Catalina Albornoz de la Cuesta | Lady J. Medina |
catalina.albornozdelacuesta@legis.com.co | lady.medina@legis.com.co |
Sin duda alguna, las leyes surgen de la necesidad por definir los parámetros de conductas existentes, para reconocer derechos, imponer deberes y fijar límites. Aun así, existen comportamientos que no han sido regulados, pese a ser practicados por la humanidad desde tiempos inmemoriales.
La eutanasia es un ejemplo de ello. Solo cuatro países del mundo superaron las discusiones éticas, morales y religiosas para regular, a través de una ley, las condiciones en que procede la decisión libre, consciente y voluntaria de morir: Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Canadá.
Holanda, el país precursor
Holanda fue el primer país en hacerlo. Después de 30 años de debates y numerosas sentencias judiciales, en el 2001, se aprobó la “Ley de comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio”, en vigencia desde el 1° de abril del 2002, en donde se despenaliza la asistencia médica prestada para ayudar a morir a una persona y la inducción al suicidio, solo cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que la persona objeto del procedimiento resida en Holanda.
- Que el médico esté convencido de que la petición es voluntaria, consciente y sincera.
- Que se constate un padecimiento insoportable y sin esperanzas de mejora.
- Que se haya informado al paciente de su situación y de las perspectivas de su futuro.
- Que se haya consultado a otro profesional de la salud y que este haya corroborado el cumplimiento de los requisitos.
- Que la realización de la eutanasia o auxilio al suicidio se haga con el máximo cuidado y profesionalidad.
Bajo esas mismas condiciones, la norma faculta a la realización de la eutanasia a los menores entre los 12 y los 16 años, siempre que medie el consentimiento de sus progenitores. A partir de ese rango, la decisión solo estará a cargo del paciente.
El deber de verificar esos requisitos está en cabeza de una Comisión Regional de Comprobación, integrada por un abogado, un médico y un experto en ética, quienes, además, son los encargados de solicitar información complementaria al médico, si hay lugar a ello; emitir el dictamen que aprueba la práctica y enviar el registro anual de los procedimientos realizados a los ministerios de Justicia y Sanidad.
Ese marco legal condujo a que, en marzo del 2012, se fundara la primera institución privada dedicada a la eutanasia, llamada Clínica para Morir (Levenseindekliniek). Es financiada con donaciones privadas y la practican a domicilio, de forma gratuita.
Pero la discusión en ese país no se ha detenido ahí. Actualmente, se encuentra en curso en el Parlamento una propuesta, impulsada por el Gobierno, para regular la ayuda a morir de los adultos mayores que consideren que ya han vivido lo suficiente, aunque no estén enfermos ni padezcan sufrimientos físicos insoportables. De acuerdo con la información brindada a los medios de comunicación, la polémica ponencia busca evitar que estas personas se quiten la vida por su cuenta, una tendencia que allí está en alza.
Bélgica incluye a los menores
En mayo del 2002, Bélgica aprobó una ley que despenalizó la muerte practicada por un tercero (Ley relativa a la eutanasia) pero, a diferencia de Holanda, no menciona el suicidio asistido.
Los requisitos que instituyó para la aplicación de este procedimiento son:
- Que el paciente sea mayor de edad o menor emancipado, capaz y consciente de su petición.
- Que la petición sea voluntaria, reflexionada y reiterada, sin presiones exteriores. El 2 de abril del 2003, un decreto reguló la posibilidad de hacer esta manifestación mediante un documento de voluntad anticipada, siempre que su vigencia no sea inferior a cinco años.
- Que haya padecimiento físico o síquico constante e insuperable ocasionado por una condición patológica grave e incurable.
A su vez, el médico tiene los siguientes deberes:
- Informar al paciente sobre la existencia de cuidados paliativos.
- Reiterar el diálogo en los plazos de tiempo razonables.
- Consultar a otro médico independiente, quien debe visitar el paciente y redactar un informe en el que consigne si está, o no, de acuerdo con las primeras valoraciones.
- Recopilar información del equipo cuidador, en el caso de que exista.
- Procurar que el enfermo consulte con otras personas de su entorno.
- Dejar pasar un mes entre la petición y la realización de la eutanasia.
También creó la Comisión Federal de Control y de Evaluación, conformada por ocho médicos, cuatro profesores universitarios de Derecho y cuatro personas cercanas a los pacientes que sufren enfermedades incurables.
Ahora bien, el 28 de febrero del 2014 fue expedida la Extensión de la Ley a los Menores, que amplió la posibilidad de ejercer su práctica a todos los individuos, sin importar su edad.
De esta manera, la expresión contenida en los requisitos para los “menores emancipados” fue remplazada por “menores dotados de capacidad de discernimiento y consciente al momento de formular la solicitud”.
Sin embargo, esta población siempre debe consignar su petición por escrito y acompañarla del consentimiento de sus representantes legales.
Luxemburgo, con oposición real
Luego de un conflicto constitucional por la oposición que sostuvo el duque Enrique de Luxemburgo, este país se convirtió en el tercero en despenalizar la eutanasia y el suicidio asistido a través de una ley expedida el 16 de marzo del 2009, que, también, incluyó el marco regulatorio sobre cuidados paliativos.
De acuerdo con la norma, no será sancionado penalmente ni dará lugar a una acción civil por daños y perjuicios el hecho de que un médico responda a una petición para llevar a cabo estos procedimientos, si se cumplen con las siguientes condiciones de fondo:
- El paciente debe ser mayor de edad, capacitado y consciente en el momento de su petición.
- La demanda debe formularse de manera voluntaria, reflexionada y de manera reiterada, para demostrar que no es el resultado de una presión exterior.
- El paciente debe encontrarse en una situación médica sin solución y enfrentar un sufrimiento físico o síquico constante e insoportable y sin perspectiva de mejoría, resultante de una dolencia accidental o patológica.
- La solicitud de recurrir a una eutanasia o a la asistencia al suicidio deberá ser consignada por escrito.
Los deberes que impone a los médicos son similares a los consignados en la ley belga y, así mismo, las funciones que asignó a la Comisión Nacional de Control y de Evaluación, creada en la misma ley, como un organismo de control y verificación de lo allí regulado.
No obstante, su conformación sí varía, pues está integrada por tres médicos, tres abogados, un miembro procedente de profesiones sanitarias y dos representantes de una organización que tenga por objetivo la defensa de los derechos del paciente.
Canadá, la más reciente
Desde hace un año, Canadá cuenta con una ley que, de manera expresa, regula la eutanasia para enfermos desahuciados y el suicidio asistido (L. C-41/16).
El texto introduce modificaciones al Código Penal y a la ley sobre los cuidados al final de la vida (L. 52/14), norma que garantiza la muerte digna como una expresión de un derecho fundamental.
Precisamente, crea exenciones a los delitos de homicidio, de ayuda al suicidio y de administración de sustancias tóxicas, a fin de permitir que médicos y enfermero/as provean asistencia médica para morir. Así mismo, para que farmacéuticos y otras personas colaboren en el proceso.
Además, precisa los criterios de admisibilidad y las salvaguardias que deben respetarse antes de que la asistencia médica a morir pueda ser prestada a una persona; exige que los profesionales de la medicina a quienes se les solicite ayuda para morir, así como los encargados de dispensar medicamentos para ese fin, provean información con el fin de permitir el control de la asistencia médica.
Pero, a diferencia de las otras legislaciones, crea nuevos delitos: por el incumplimiento de las salvaguardias, por el falseamiento o destrucción de documentos relacionados con la asistencia médica para morir, por no suministrar la información requerida y, por último, por violar las disposiciones legales al respecto.
Curiosamente, el proceso que condujo a la adopción de esta regulación tiene pilares similares al caso colombiano, con la diferencia que allí sí se logró la expedición de una ley.
Justamente, mediante la Sentencia Carter vs. Canadá, del 6 de febrero del 2015, los magistrados de la Corte Suprema de Canadá no solo reconocieron que la prohibición absoluta de la ayuda médica para morir aplicada a determinadas personas y en determinadas condiciones puede violar el contenido esencial del derecho fundamental a la vida, la libertad y la seguridad personal. También otorgaron un plazo de 12 meses para que el Parlamento expidiera una ley, de conformidad con los planteamientos consignados en el fallo.
El caso que propició esa decisión tiene origen en el 2009, cuando Gloria Taylor, diagnosticada con una esclerosis lateral amiotrófica (ELA), interpuso una demanda ante el Tribunal Supremo de la Columbia Británica impugnando la constitucionalidad de los artículos del Código Penal que prohíben la ayuda médica a morir. Taylor se enfrentaba a lo que ella misma describió como una “cruel elección” entre suicidarse mientras pudiera o perder cualquier control sobre el momento y forma de su muerte. Antes de la decisión, Taylor falleció.
No obstante, su planteamiento fue el que, finalmente, abrió un duro debate que motivó al Gobierno a cumplir con el exhorto y presentar, en abril del año siguiente, el proyecto de ley que hoy permite la práctica de este procedimiento sin ningún tipo de consecuencia penal.
Otras leyes que consagran el derecho a decidir cuándo morir
Oregón, Washington, Montana, Vermont y California son los cinco estados de EE UU en donde se han proferido leyes para proteger el derecho a decidir cuándo morir. Y aunque la eutanasia, como tal, no fue regulada, las normas de estos territorios tienen en común la despenalización de la asistencia de un tercero para poner fin a la vida.
En el primero de ellos, la Oregon Death with Dignity Act (ODDA), que legalizó el suicidio asistido, se adoptó por referéndum, en 1994, con el 51 % de los votos. En 1995 fue declarada inconstitucional, pero el año 1997 se aprobó nuevamente, esta vez con el 60 % de votos.
Algunos la califican como una tímida despenalización de conductas eutanásicas y muy alejada de las legislaciones belga y holandesa, que permite a los médicos recetar un fármaco letal, pero es la primera consagración legal que perfiló el aludido derecho en el continente americano, de ahí la importancia de resaltarla como un fuerte precedente.
Muchos años después, Washington siguió estos pasos. En el 2008, el electorado votó a favor de la “Iniciativa 1000”, para legalizar la misma conducta, dando aprobación a la Washington Death with Dignity Act.
Por su parte, el 5 de diciembre de ese mismo año, un juez del estado de Montana, a propósito de una demanda de un enfermo terminal apoyado por una asociación pro-muerte digna, dictaminó que los enfermos terminales tienen el derecho a la libre administración de dosis letales de medicamentos recetados por un médico, sin que pueda haber sanción legal en contra los profesionales.
Fue así como, en diciembre del 2009, la Corte Suprema de Montana sostuvo que ningún precedente legal indica que la asistencia médica en la muerte esté en contra de las políticas públicas, por lo que, por una vía diferente al referéndum, el suicidio asistido es legal también allí.
Luego, en mayo del 2013, el turno de permitir esta práctica fue para el estado de Vermont. El gobernador demócrata Peter Shumlin gestionó la promulgación de la “Ley de decisión de poner fin a la vida” (End of Life Choice Bill), aprobada por la Cámara de Representantes en Montpelier.
Finalmente, en septiembre del 2015, California aprobó la iniciativa que proponía permitir el suicidio asistido, en las mismas condiciones que sus legislaciones pares.
Algunos casos polémicos de eutanasias practicadas en países que han despenalizado el procedimiento mediante leyes |
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Holanda |
En el 2015, a una joven de 20 años le fue aplicada una inyección letal, luego de que se acreditara que sufría de un fortísimo estrés postraumático y graves problemas mentales de los que no conseguía recuperarse, a pesar de llevar años en tratamiento, originados en los abusos sexuales sufridos durante su niñez. Según los médicos, los traumas eran incurables y habían desencadenado, además, anorexia, depresión crónica, alucinaciones, obsesiones, tendencia al suicidio, compulsiones y autolesiones. Sin embargo, afirmaron que esas situaciones no viciaron la decisión de acabar con su vida.
Gaby Olthuis, de 47 años, eligió como fecha de muerte el 1° de marzo del 2014. De acuerdo con el relato que ella misma brindó para el programa Altijd Wat, emitido en la televisión holandesa Ncrv, fue diagnosticada con hiperacusia, después del nacimiento de su segundo hijo. El desespero al oír, durante las 24 horas del día, fuertes sonidos acústicos la llevaron a padecer un fuerte cuadro siquiátrico, que no encontró mejoría, pese a los múltiples tratamientos realizados. |
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Bélgica |
Los gemelos belgas, Marc y Eddy Verbessem, de 45 años, eran sordos de nacimiento y todas sus actividades las desarrollaban juntos. También compartían una enfermedad ocular degenerativa que, progresivamente, les dejaría ciegos. Privados ya del sentido del oído, la idea de perder la vista resultaba insoportable para ambos, por lo que tomaron la decisión de solicitar ayuda médica para morir. Su deseo se vio cumplido el 14 de diciembre del 2012, en el hospital universitario de Bruselas.
Nathan Verhelst, de 44 años, solicitó la eutanasia tras una operación de sexo fallido. Había nacido como Nancy Verhelst, por lo que en el 2009 decidió someterse a una terapia hormonal, seguida de una mastectomía y una cirugía para la construcción de un pene en el 2012. Sin embargo, como ninguna de las operaciones cumplió con sus expectativas afirmó que padecía un “sufrimiento sicológico insoportable”. |
Fuentes:
- El país (www.elpais.com)
- El Mundo http://www.elmundo.es)
- Derecho a morir dignamente – Asociación Federal (http://www.eutanasia.ws)
- Aleteia (https://es.aleteia.org)
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