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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso - Procedimiento legislativo especial para la paz (´fast track´)


Esto es lo aprobado por la Cámara en materia de justicia transicional

25 de Enero de 2017

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Nota:
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La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó, en primer debate, la iniciativa que crea el sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición (SVJRNR). (Lea: Procesos de paz terminan con participación en política de quienes dejan las armas: María C. Moreno)

 

El proyecto daría origen a la Comisión para el esclarecimiento de la verdad, cuerpo colegiado cuya misión será recolectar la información de los hechos cometidos dentro del conflicto armado para ofrecer una explicación amplia a toda la sociedad colombiana respecto de estos episodios.

 

Pero también promover el reconocimiento voluntario de las responsabilidades individuales o colectivas de quienes participaron directa e indirectamente en el conflicto. (Lea: Esto dicen los salvamentos de voto al Acto Legislativo para la Paz)

 

Con todo, la información recolectada por la comisión no podrá ser solicitada ni trasladada a las autoridades judiciales para que sea considerada como material probatorio para atribuir responsabilidades en procesos judiciales o disciplinarios.

 

Jurisdicción Especial para la Paz

 

La iniciativa otorga competencia a la Jurisdicción Especial para la Paz (Jep) para conocer de manera preferente las conductas cometidas con anterioridad al 1 de diciembre del 2016, por causa, con ocasión y en relación directa o indirecta con el conflicto armado, en especial respecto a conductas consideradas graves infracciones al derecho internacional humanitario o graves violaciones de los derechos humanos.

 

De ahí que esta nueva jurisdicción podrá otorgar subrogados penales como el compromiso de no persecución penal y otras sanciones sustitutivas de la sanción penal. (Lea: Voceros de las Farc podrían debatir iniciativas del posconflicto en el Congreso, pero sin derecho a votar)

 

La iniciativa prohíbe las medidas de aseguramiento con fines de extradición respecto de hechos o conductas ocasionados u ocurridos durante el conflicto armado o con ocasión de este hasta la finalización del mismo, trátese de delitos amnistiables o de delitos no amnistiables, y en especial por ningún delito político o conexo, como por ejemplo el delito del narcotráfico. Ahora la propuesta pasará rápidamente a debate en la plenaria de la Cámara de Representantes para su estudio.

 

Cámara de Representantes, Texto definitivo P. A. L. 002/16C-003/16C, Ene. 18/17

 

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