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El Derecho Animal es cosa seria
03 de Agosto de 2016
Carlos Contreras
Doctor en Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona (UBA).
Coordinador y profesor del Máster en Derecho Animal y Sociedad de la UAB.
El pasado mes de julio, vecinos del barrio Santa Bárbara, en el norte de Bogotá, manifestaron su indignación por la muerte de Blair (un perro de raza Yorkshire) a causa de los golpes que le propinó un residente del sector. A partir de ese momento, fueron muchas las personas que se solidarizaron con los propietarios del animal y las voces que a través de internet manifestaron su rechazo al comportamiento violento del vecino, que condujo a la muerte del animal. El hecho de que los colombianos se pronuncien en contra del maltrato animal a través de las redes sociales y de los diferentes medios de comunicación, de forma cada vez más contundente, es, sin duda, un síntoma de que nos encontramos en el camino correcto para crecer moralmente como sociedad.
Sin embargo, en estos casos de indignación social, siempre se llegan a escuchar algunas voces que buscan quitarle importancia a la cuestión animal e, incluso, ridiculizándola, afirmando que hay otros temas más relevantes, como si existiera una lista de prioridades por atender y de la cual no nos podemos salir. En dicha lista, está prohibido pasar al siguiente punto de preocupación, sin antes haber resuelto aquellas cuestiones más urgentes e importantes. Al respecto, simplemente mencionar que si existiera una lista así, probablemente seguiría existiendo la esclavitud y seguramente las mujeres aún no podrían votar.
Pero, contrario a lo que muchos aún siguen afirmando, la protección animal es un tema de gran relevancia a nivel global, no solo por el hecho de que los animales son seres con capacidad de experimentar dolor físico y padecimiento emocional, sino por la comprobación de que la protección a los mismos incide positivamente en la convivencia social. Y es que es lógico que cualquier manifestación de violencia, independientemente de la víctima, impacte negativamente la vida de una comunidad y de sus habitantes.
La creciente preocupación respecto del sufrimiento de los animales genera, inevitablemente, cambios a nivel jurídico y social. Con el tiempo, la protección animal se ha convertido en una política de Estado y un principio a tener en cuenta por diferentes ordenamientos jurídicos a nivel global. A manera de ejemplo, la Unión Europea lleva 40 años estableciendo principios y estándares mínimos, respecto al bienestar de los animales. En 1996, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyó en su Constitución una norma que promueve la protección de la fauna urbana y el respeto por su vida. En la Constitución Suiza, figura la protección a la dignidad de los animales y la República italiana recoge en su Constitución el respeto por los animales como un elemento de la propia vida de las personas[1]. El año pasado. el Parlamento Francés aprobó la Ley 2015-177 del 16 de febrero, que modificó el Code Civil y que reconoce a los animales su naturaleza de seres vivos y sensibles. En nuestro país, La Ley 1774 del 2016, además de tipificar como punible el maltrato animal y de consagrar unos subtipos agravados de maltrato; modificó, el Código Civil colombiano de 1887 considerando a los animales como seres sintientes; estableció unos objetivos y unos principios que regularán el ordenamiento colombiano en temas de animales; y estableció un procedimiento sancionador de carácter policivo y judicial.
Desde el punto de vista académico, la primera universidad que ofreció una clase de Derecho Animal fue Harvard, en 1990[2]. Desde ese entonces, el Derecho Animal no ha parado de crecer y se considera a hoy, como una rama emergente del Derecho, a pesar de que como comenta Giménez-Candela, “la discusión de la situación jurídica de los animales en el Derecho, es a menudo infravalorada en el ámbito jurídico”[3]. Actualmente, 151 Facultades de Derecho en EE UU y en Canadá, 11 en Australia y en Nueva Zelanda y uno en España, ofrecen al menos un curso de Derecho Animal. En la Universidad Autónoma de Barcelona, se ofrece un Máster en Derecho Animal y el pasado viernes 20 de mayo se dio a conocer el ICALP (International Center for Animal Law and Policy), que es el primer centro internacional e interdisciplinario de Derecho Animal y políticas públicas, conformado por una veintena de investigadores de todo el mundo y del cual hago parte. La iniciativa reúne profesionales de áreas tan diversas como el derecho, la veterinaria, el humanismo, la biodiversidad, las ciencias de la salud y las políticas públicas.
La protección animal y el Derecho Animal no son temas irrelevantes, sino todo lo contrario. Estamos hablando de una cuestión con abundante literatura científica, jurídica y filosófica. El maltrato animal no debería ser un tema relegado exclusivamente a los activistas o “animalistas”, sino una cuestión a la que debemos prestarle la atención que merece, desde los diferentes ámbitos de nuestra sociedad. Los animales importan y hacer un uso irresponsable e irrespetuoso de los mismos generará violencia y problemas que nos afectarán no solo a nosotros, sino también al resto del planeta, pues la explotación de productos de origen animal, tal y como la conocemos actualmente, es, desde un punto de vista ambiental, en una palabra: insostenible.
[1] ¿Quién le lee a este gato sus derechos? El Pais (Nov. 2015) Disponible en: http://elpais.com/elpais/2015/11/04/buenavida/1446636701_028980.html .
[2]DAVID FAVRE, The Gathering Momentum, 1 J. Animal L. 1, 9-14 (2005)
[3] GIMÉNEZ-CANDELA, Enseñanza del Derecho Animal en España, en derechoAnimal (2015) Disponible en: http://www.derechoanimal.info/esp/page/4150/ensenanza-del-derecho-animal-en-espana*
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