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Actualizado hace 32 minutes | ISSN: 2805-6396

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Obras del Pensamiento Jurídico


Análisis de la obra ʻEscalas de justiciaʼ, de Nancy Fraser

11 de Abril de 2018

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Leonardo García Jaramillo

Departamento de Gobierno y Ciencias Políticas, Universidad Eafit

 

 

Nancy Fraser es una interesante y polémica autora en el campo de la filosofía política, destacada feminista y líder en los debates dentro de la Teoría Crítica. Obtuvo su doctorado en Filosofía por la City University of New York y actualmente es profesora en la Universidad New School de New York, antiguamente conocida como The New School For Social Research. Su trabajo académico, que incluye varios libros traducidos al español, alemán, italiano, chino y japonés, se ha concentrado, sobre todo, en los problemas de la justicia social.

 

Buena parte de la teoría política del Derecho Constitucional contemporáneo sufre de una adecuada comprensión de la desigualdad, toda vez que la concibe solo desde la redistribución de recursos económicos y el reconocimiento de demandas de índole cultural. En tiempos de globalización enfrentamos una realidad que hace ineludible cuestionarnos, además, por la inadecuada representación política como un problema independiente y adicional a las dimensiones económica y cultural de la injusticia. La originalidad e importancia de Escalas de justicia radica en su argumentación acerca de la interconexión de los problemas de la desigualdad.

 

Enfoque bidimensional de la igualdad

 

En trabajos anteriores, sobre todo en la discusión que sostuvo con otro destacado autor de la Teoría Crítica, Axel Honneth (¿Redistribución o reconocimiento? Un debate político-filosófico), Fraser abordó los problemas de la política de la identidad y las desigualdades a partir de un modelo bidimensional: la redistribución en la esfera económica y el reconocimiento en el ámbito sociocultural.

 

Para Honneth, en cambio, la distribución como causa de inequidades se subsume en el problema del reconocimiento: si se efectúa un adecuado reconocimiento, se redistribuirá correctamente. Lo importante es asegurar el reconocimiento y, así, la distribución económica deviene como una justa consecuencia.

 

Esta perspectiva unidimensional, que Fraser critica como “monista”, impide observar la complejidad de los problemas reales que causan injusticias y, por tanto, imposibilita diseñar y ejecutar medidas efectivas que los remedien. El solo reconocimiento cultural no cobija todos los déficits normativos de la sociedad contemporánea, todos los procesos que los generan y todos los retos políticos a los que se enfrentan quienes buscan un cambio emancipador, sostiene Fraser contra Honneth.

 

Para Fraser, ambos problemas de la redistribución y el reconocimiento son equivalentes, pues una teoría de la justicia social debe identificar si un determinado problema surge de una equivocada distribución económica, de un reconocimiento deficitario de alguna identidad o de una imbricación entre ambos. “Sólo si buscamos enfoques integradores que unan redistribución y reconocimiento podremos satisfacer los requisitos de una justicia para todos”. “No puede haber reconocimiento sin redistribución ni redistribución sin reconocimiento”, afirma.

 

La desigualdad tiene como causa no solo la distribución injusta de bienes económicos, como cuando hay explotación laboral o indebida remuneración, sino también la ausencia de reconocimiento, guiado por determinados patrones que silencian ciertas voces, como en casos de interrupción voluntaria del embarazo o de matrimonio civil entre homosexuales. La primera es una injusticia basada en la estructura jurídico-política de una sociedad, y la segunda es una injusticia más de naturaleza simbólica arraigada en costumbres y prácticas culturales.

 

El desempleo o el empleo informal y la explotación son injusticias económicas por mala distribución, mientras que la estereotipación, el menosprecio y el rechazo por condiciones como el sexo o la raza, son injusticias culturales por reconocimiento erróneo. Los efectos sociales de estos dos tipos de injusticias trascienden lo económico y lo cultural, pues quien los sufre difícilmente va a estar bien representado para participar en la toma de decisiones políticas.

 

Así, las desventajas económicas que sufren miembros de grupos tradicionalmente marginados, como las mujeres o los homosexuales, deben entenderse como consecuencias de una devaluación cultural-valorativa de lo femenino o de una especie de consideración de forma de vida de segunda clase, respectivamente, lo cual afecta sus estatus sociales. Por el contrario, las dificultades económicas de la clase trabajadora no responden estructuralmente a una jerarquía de valores o a una subvaloración de su estatus, sino a la desigualdad de clase consecuencia de la estructura político-económica de la sociedad que exige para su remedio políticas de redistribución.

 

La clave para superar la exclusión económica del primer tipo, que responde a una raíz cultural, debemos buscarla en la militancia por la igualdad de estatus, afirma Fraser, en el cambio de nuestros valores mediante políticas de reconocimiento. Si bien no hay casos puros, pues los problemas de minorías sexuales tienen repercusiones económicas y los padecimientos de la clase trabajadora tienen consecuencias de estatus, señala que el énfasis es distinto y una adecuada concepción de la justicia social debe poder identificarlo con claridad para idear estrategias efectivas de superación. 

 

Las reivindicaciones que demandan minorías sexuales no pueden satisfacerse solo con una política de la redistribución, toda vez que la discriminación que sufren no responde tanto a una estructura político-económica como a los valores de una cultural determinada. “La sexualidad es un modo de diferenciación social cuyas raíces no se encuentran en la economía política, puesto que los homosexuales están distribuidos en toda la estructura de clases de la sociedad capitalista, no ocupan una posición especial en la división del trabajo y no constituyen una clase explotada (por lo que) su modo de colectividad es el de la sexualidad despreciada”.

 

Hacer justicia a los reclamos en favor del multiculturalismo y la democratización, sin abandonar el compromiso con la igualdad económica, es el dilema de la nueva perspectiva multidimensional de Fraser. En un segundo momento de su obra, representado por Escalas de justicia, trasciende la perspectiva dualista que había desarrollado e introduce una tercera dimensión en la discusión sobre los obstáculos para la justicia social y política.

 

Enfoque multidimensional de la igualdad

 

Fraser amplía su reflexión frente a los paradigmas de la justicia y retoma su teoría bidimensional para sustentar que, si bien le parece “correcta hasta cierto punto”, es ya insuficiente para abordar las causas de la injusticia en el mundo contemporáneo. A la redistribución económica y al reconocimiento sociocultural agrega la dimensión de la representación en lo político, toda vez que una injusticia no solo se produce cuando no se reconoce culturalmente bien a una minoría o cuando se realizan distribuciones económicas de forma deficitaria, sino también cuando se institucionalizan situaciones que restringen la participación equitativa de ciudadanos o colectivos en la vida social. Esta dimensión debe ser parte de la “gramática de la justicia” conjuntamente con la redistribución y el reconocimiento.

 

Desde la tercera dimensión de la representación en lo político, Fraser reflexiona sobre el problema del “marco”, es decir, el escenario donde se desarrollan las luchas por la distribución y el reconocimiento. Al incorporar en su teoría la creciente relevancia de las consecuencias de la globalización, el Estado westfaliano (es decir perfectamente dividido entre fronteras cuyos países son soberanos y casi completamente independientes) ya no sirve como único ámbito de luchas por la justicia. Los procesos de globalización obligan a un cambio en el discurso estándar sobre la justicia, porque las causas estructurales de muchas injusticias no provienen solo de la acción o inacción de las instituciones de un Estado.

 

Lo político surge entonces como un complemento esencial a la consideración bidimensional de la justicia que había sostenido hasta entonces. Lo político remite a las reglas de decisión con las que se estructura la confrontación y se constituye el escenario donde se desarrollan las luchas por redistribución, reconocimiento y representación.

 

Fraser introduce un principio de igualdad (“paridad”) participativa como ideal interpretativo crítico para descubrir los obstáculos de la justicia arraigados en las relaciones sociales y evidenciar así las condiciones estructurales que mantienen disparidades de participación, asimetrías y bloqueos del poder. Este principio constituye una interpretación democrática de la idea kantiana del igual valor de las personas. ¿Qué significa superar la injusticia?: “desmantelar los obstáculos institucionalizados que impiden a algunos participar a la par con otros, como socios con pleno derecho a la interacción social”.

 

Redistribución, reconocimiento y representación

 

La justicia social, como uno de los temas cardinales del constitucionalismo en América Latina, es reconcebida interesantemente desde la perspectiva de Fraser para articular los problemas de redistribución, reconocimiento y representación en el entendido que los problemas de la igualdad están interconectados. Las identidades excluidas en América Latina (mujeres, comunidades indígenas, afro, LGBT…) no solo sufren desigualdad por falta de reconocimiento, sino que esto impacta también en el acceso a los bienes económicos, es decir, acontece una desigualdad por distribución que los sitúa en peores condiciones para la participación política y social. Por tanto, estas tres dimensiones deben articularse para alcanzar una igualdad real y efectiva, lo cual condiciona la viabilidad de un sistema político verdaderamente democrático.

 

La dimensión de la representación en lo político lleva a la teoría de la justicia de Fraser al plano transnacional, toda vez que no solo opera al nivel del Estado-nación, donde las injusticias surgen por falta de representación política correcta o suficiente, sino que también opera a nivel global, donde ciudadanos o grupos sociales no tienen oportunidad de participar de los procesos de toma de decisiones en grandes empresas multinacionales u organismos multilaterales cuyas decisiones les afectan directamente. “Los mercados financieros, los sistemas de inversión y las estructuras de gobernanza de la economía global, que determinan quién trabaja por un sueldo y quién no; las redes de información de los medios de comunicación globales y de la cibertecnología, que determinan quién está incluido en los circuitos de poder de la comunicación y quién no; y la biopolítica del clima, las enfermedades, las drogas, las armas y la biotecnología, que determinan quién vivirá largo tiempo y quién morirá joven”.

 

Considerar la justicia tridimensionalmente conduce entonces a reconcebir la frontera del Estado-nación como el escenario donde deben darse las luchas por la inclusión y la igualdad. El proceso globalizador genera unas injusticias que teorías de la justicia como la de Rawls no enfrentan adecuadamente, porque asumen que el Estado-nación constituye el marco desde el cual se pueden comprender los problemas centrales de la injusticia social. En la actualidad, los procesos de globalización han alterado la escala de la interacción social. La teoría de la justicia de Fraser transita así desde el marco del Estado nacional al escenario transnacional y procura articularse con las discusiones sobre la justicia global.

 

Escalas de justicia, publicado en español en 2008 y dos años después en inglés, no solo intenta aportar en el plano teórico al introducir conceptos y articularlos en una teoría cada vez más sofisticada, sino también en el plano práctico al crear un lenguaje y esgrimir nuevos argumentos para que movimientos sociales puedan plantear mejor sus reclamos, comprender mejor los problemas que los aquejan y obtener mejores respuestas institucionales.

 

La baja circulación de las ideas de Fraser en nuestras redes académicas nacionales explica, en parte, el escaso influjo de sus relevantes planteamientos en la jurisprudencia constitucional. La Sentencia T-551 del 2011 fundamentó, desde la perspectiva bidimensional de la justicia social, el contenido del derecho a la igualdad en una situación de déficit de estatus de un miembro de la población en situación de discapacidad.  

 

La Corte reconoce la importancia de interpretar como culturales muchas injusticias que padecen miembros de nuestras comunidades. Amparó el derecho a la educación inclusiva de un estudiante universitario en situación de discapacidad que requería medidas apropiadas que le garantizaran una justicia de reconocimiento. La invisibilización y exclusión a la que ha sido sometida históricamente esta población (lo cual hace que gocen de una estima y un prestigio menor respecto de otros grupos sociales) puede empezar a superarse a través de su reconocimiento como plenos sujetos de derechos mediante la toma de acciones que expresen respeto y garanticen así su derecho a la igualdad. Este argumento se reitera en la Sentencia T-601 del 2013. 

 

Referencias

 

- Clérico Laura, Aldao Martín y Ronconi Liliana. A Multidimensional Approach to Equality in the Inter-American Context: Redistribution, Recognition, and Participatory Parity, en Bogdandy Armin, Ferrer Mac-Gregor Eduardo, Morales Mariela y Piovesan Flavia (eds.). Transformative Constitutionalism in Latin America. The Emergence of a New Ius Commune. Oxford University Press, 2017.

 

- Fraser, Nancy. Escalas de justicia. Barcelona, Herder, 2008.

 

- Fraser Nancy y Honneth Axel. ¿Redistribución o reconocimiento? Madrid, Morata, 2006.

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