Consejo de Estado reitera que devolución de lo pagado por concepto de la TESA es improcedente (10:22 a.m.)
26 de Diciembre de 2014
Reproducir
Nota:
98556
"p style=""text-align: justify;"">La Sección Primera del Consejo de Estado reiteró que no procede la devolución de lo pagado por concepto de lastrong> /strong>tasa especial por servicios aduaneros (TESA), pues la a style=""color: #0b0dbf;"" href=""http://legal.legis.com.co/document.legis?documento=legcol&contexto=legcol_7599204"
Opina, Comenta