Consejo de Estado precisa cuándo procede reconocimiento de IVA descontable en operaciones gravadas y exentas del tributo (12:25 p.m.)
14 de Noviembre de 2013
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Nota:
92689
El Consejo de Estado concluyó que el reconocimiento del IVA descontable procede cuando se demuestra que las transacciones que tenían por objeto adelantar operaciones gravadas y exentas del tributo se ejecutaron con ocasión de la actividad productora de renta de la empresa; es decir, que se hayan generado por la necesidad de cumplir con una obligación
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