Congreso
Eliminación de cobro por reconexión de servicios públicos, a un debate de ser ley
05 de Octubre de 2016
El artículo 96 de la Ley 142 de 1994 está vigente y es el fundamento para que las empresas prestadoras cobren a los usuarios por las reconexiones o reinstalaciones a que haya lugar, siempre y cuando el servicio hubiere sido efectivamente suspendido o cortado por causas imputables al usuario y/o suscriptor. (Lea: A último debate va la iniciativa que eliminaría el cobro por reconexión en servicios públicos)
Sin embargo, este escenario podría cambiar por cuenta de un proyecto de ley que se encuentra a un debate de aprobación por parte de la plenaria de la Cámara.
Esta iniciativa reformaría la Ley 142 de 1994, en el sentido de eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos residenciales. (Lea: ¿Está vigente el cobro por reconexión de servicios públicos?)
Así las cosas, no habría lugar al cobro del cargo por reconexión o reinstalación cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.
Por otra parte, la iniciativa establece que cuando la causa de la suspensión sea diferente a la mora e imputable exclusivamente al suscriptor este tendrá que asumir el costo de la reconexión y las demás sanciones a las que haya lugar; sin embargo, si el restablecimiento no se hace dentro de las 24 horas siguientes después de que el usuario cumpla con las obligaciones, se configurará una falla del servicio.
Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 016/15S-190/15C, Jun. 09/16
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