Congreso
Visita del Papa Francisco provoca presentación de proyectos para rebajar penas
17 de Marzo de 2017
Son dos los proyectos de ley que hasta el momento se han radicado con un objetivo similar, la rebaja de penas a condenados por la visita del Papa Francisco. Uno es de autoría del Ministerio de Justicia y el otro fue presentado por los senadores Armando Benedetti y Roy Barreras.
La propuesta del Gobierno
La iniciativa firmada por Enrique Gil Botero está compuesta por cinco artículos. Se propone conceder una rebaja, por una sola vez, de la quinta parte de la pena privativa de la libertad impuesta, o que llegue a imponerse, por delitos cometidos antes del 16 de marzo del 2017.
La rebaja se otorgará sin perjuicio de los mecanismos sustitutivos, subrogados penales, reglas de redención de pena y beneficios penitenciarios previstos en el Código Penal, Código de Procedimiento Penal, Código Penitenciario y Carcelario.
El Gobierno estima que entre 20 y 30 mil personas quedarían en libertad de forma progresiva.
El beneficio excluiría a los condenados por los siguientes delitos:
(i) Genocidio; homicidio doloso agravado; feminicidio en sus modalidades simple y agravada; lesiones personales dolosas con agentes químicos y lesiones personales dolosas con pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro en sus modalidades simple y agravada.
(ii) Delitos contra las personas y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario.
(iii) Desaparición forzada y secuestro extorsivo en todas sus modalidades; secuestro simple agravado; trata de personas; desplazamiento forzado; tortura en sus modalidades simple y agravada y tráfico de menores de edad.
(iv) Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, en los casos en que las víctimas sean menores de 18 años.
(v) Extorsión agravada, en los casos descritos en los numerales 3, 5, 7, 8, 9 y 11 del artículo 245 del Código Penal.
(vi) Lavado de activos agravado
(vii) Terrorismo y entrenamiento para actividades ilícitas, en sus modalidades simple y agravada.
(viii) Peculado por apropiación que exceda los 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes; cohecho propio; cohecho impropio; enriquecimiento ilícito y soborno transnacional.
(ix) La rebaja de penas tampoco se aplicará a los casos que se tramiten en la Jurisdicción Especial para la Paz.
Este beneficio podrá ser concedido de plano por el juez de conocimiento, de oficio o a solicitud de parte, en el momento de dictar sentencia o por el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad y regirá a partir de la sanción de la ley, en caso de que esta llegue a aprobarse.
La propuesta de Benedetti y Roy Barreras
La propuesta de autoría parlamentaria pretende conceder una rebaja de la sexta parte de la pena privativa de la libertad impuesta a las personas condenadas o procesadas por delitos cometidos antes del 6 de septiembre del 2017.
Los senadores también proponen que se otorgue el beneficio de libertad provisional a partir de la entrada en vigencia de la ley a las personas que estén siendo procesadas por delitos cometidos antes del 6 de septiembre.
Este beneficio no cobijaría a las personas procesadas o condenadas por delitos contra las personas y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario; delitos contra la vida; delitos contra la libertad; delitos contra la libertad y formación sexuales; delitos de lesa humanidad y narcotráfico, así como delitos cometidos contra menores de edad.
El proyecto de la oposición
Ante estas propuestas el Centro Democrático salió al paso y mediante un video publicado en la cuenta oficial del senador Álvaro Uribe se informó que el partido presentará un proyecto de ley de jubileo para rebajar las penas de presos condenados por delitos “menos graves” que los cometidos por las Farc.
Sin embargo, el texto de esta iniciativa aún no ha sido dado a conocer a la opinión pública.
Senado de la República, Proyectos de ley 215/17S, 216/17S, Mar. 16/17
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