Congreso
Proyecto de seguridad ciudadana pasa a sanción presidencial
02 de Junio de 2011
Como un arsenal de instrumentos para la lucha contra la delincuencia calificó el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, el proyecto de ley de seguridad ciudadana, cuyo informe de conciliación fue aprobado ayer por las plenarias del Senado de la República y la Cámara de Representantes.
La iniciativa, que pasa a sanción presidencial, modifica los códigos Penal, de Procedimiento Penal y de la Infancia y la Adolescencia y las reglas sobre extinción de dominio. Algunas de las principales reformas se sintetizan así:
- La Fiscalía tendrá más tiempo para recopilar pruebas y formular imputaciones.
- Existirán jueces de control de garantías de reacción inmediata, que operarán en cualquier lugar del país.
- Se podrán realizar allanamientos las 24 horas del día y existirán órdenes de seguimiento y registro con vigencia permanente.
- Se aplicará la flagrancia, cuando la persona que comete el delito quede registrada en un video o esté en un vehículo en el que se acaba de cometer el ilícito.
- Se introducen nuevas causales para el cambio de lugar de radicación de los procesos y de los imputados afectados con medida de aseguramiento, con el fin de garantizar la seguridad de las partes implicadas en los procesos y la seguridad nacional.
- Se fija una pena de 10 a 17 años de cárcel para quien utilice o induzca a menores de edad a la comisión de delitos.
- Se modifica el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones, para incluir sus accesorios y partes esenciales y las armas de fabricación artesanal.
- Se aumenta la pena del porte ilegal de armas, con el fin de que no sea excarcelable.
- Se modifican los delitos de tráfico de drogas, para incluir las drogas sintéticas.
- Se integra a la Policía en la vigilancia de las personas que están bajo detención domiciliaria o vigilancia electrónica.
- Se permite otorgar la vigilancia electrónica, en sustitución de la prisión, a quien demuestre estar en incapacidad material de cancelar la multa, con base en su condición económica y obligaciones familiares, siempre y cuando cumpla las demás condiciones previstas en la ley.
- Se hace más eficaz y expedito el proceso de extinción de dominio.
- Se amplía a 30 años la pena máxima de prisión por el delito de lavado de activos.
- Se establecen nuevas medidas para la lucha contra el hurto de celulares y de autopartes. Quien manipule, reprograme, remarque o modifique los terminales móviles de los servicios de comunicación incurrirá en pena de prisión de 6 a 8 años y multas hasta de 700 salarios mínimos.
- Se sanciona el bloqueo de vías que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, con pena de prisión hasta por cuatro años. La medida no cobijará las movilizaciones debidamente autorizadas.
- Se tipifica la enajenación ilegal de medicamentos.
- En materia de privación de la libertad, se amplía la sanción a los mayores de 14 y menores de 18 años que cometan homicidio doloso, secuestro, extorsión y delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual. En estos casos, la privación de la libertad en centro de atención especializada será de hasta ocho años, sin beneficio de redención de la pena.
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