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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Procedimiento especial para delitos menores, a un debate de ser ley

21 de Septiembre de 2016

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Con 25 votos a favor, fue aprobado en penúltimo debate el proyecto de ley 048/15S-171/15C, que definiría la categoría de contravenciones como conductas punibles de menor lesividad e incluiría las que requieren querella dentro de un procedimiento penal especial abreviado; además, regularía la figura del acusador privado.

 

La iniciativa pretende reformar el Código de Procedimiento Penal en lo pertinente a las contravenciones penales; así, es importante aclarar que no tienen que ver con las contravenciones del Código de Policía, en el que se regulan conductas sociales menos graves, pues las penales buscan resolver actos que ya han causado daños a un bien jurídico tutelado.

 

En caso de convertirse en ley, habría un procedimiento especial abreviado, con una audiencia concentrada que reúna la audiencia de acusación y la audiencia preparatoria actual, para que la etapa de conciliación, la posibilidad de que el procesado se allane a los cargos y se presente el material probatorio sea una sola. Posterior a esta audiencia concentrada se realizaría una audiencia de juicio oral y en lugar de la audiencia de lectura de fallo este se comunicaría en forma escrita a las partes. Así, se reducirían a dos las audiencias de las de cinco existentes en el proceso penal ordinario.

 

Otro aspecto importante de la iniciativa es la regulación de la figura del acusador privado, establecida en el artículo 2º del Acto Legislativo 06 del 2011, lo que permitirá asumir a la víctima la condición de investigador, en el caso de las contravenciones penales y cuando así lo solicite al fiscal del caso.

 

De esta manera, podrán solicitar la conversión de la acción pública en acción privada las mismas personas que se entienden como querellantes legítimos. Cuando se trate de múltiples víctimas, deberá existir acuerdo entre todas ellas sobre la conversión de la acción penal. El acusador privado haría las veces de fiscal.

 

Algunas de las conductas calificadas como delitos menores según el proyecto son las lesiones contravencionales culposas; la omisión de socorro; la violación de habitación ajena; la violación a la libertad religiosa; la injuria; la calumnia y el hurto contravencional, que será el que se ejecute contra cosa mueble ajena cuya cuantía no exceda de 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

Contravenciones contra la impartición de justicia

 

Llama la atención que el proyecto pide reformar la Ley 599 del 2000 (Código Penal) para que tenga un nuevo título sobre las contravenciones contra la eficaz y recta impartición de justicia.

 

Así, la falsa autoacusación, que ocurre cuando alguien ante una autoridad se declara autor o partícipe de una conducta típica que no ha cometido, o en cuya comisión no ha tomado parte, tendría prisión de 16 a 36 meses.

 

Además, la infidelidad a los deberes profesionales se castigaría con prisión de 16 a 72 meses. La anterior conducta se describe así: cuando el apoderado o mandatario en un asunto judicial o administrativo, por cualquier medio fraudulento, “perjudique la gestión que se le hubiere confiado, o que en un mismo o diferentes asuntos defienda intereses contrarios o incompatibles surgidos de unos mismos supuestos de hecho”. Se castigaría con prisión de 16 a 72 meses. Si la conducta se realiza en asunto penal, la pena imponible se aumentaría hasta en una tercera parte.

 

Otras nuevas conductas de este título permitirían multas por el favorecimiento culposo de la fuga o el favorecimiento contravencional.

 

Para el Ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, con este proyecto se busca que en menos de seis meses puedan resolverse delitos querellables tales como lesiones personales, injuria, calumnia, abuso de confianza y estafa, esta última por cuantías inferiores a 150 salarios mínimos mensuales.

 

“En nuestro procedimiento penal se tramita lo mismo un genocidio que un hurto, no porque el hurto sea menos importante que el genocidio, sino porque su investigación es menos compleja. Entonces, se hace necesario que a este procedimiento se le dé un poco de agilidad”, aseguró Londoño mediante comunicado.

 

Ministerio de Justicia, comunicado, Sep. 20/16

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