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Se sometería a valoración sicológica toda persona que quiera practicarse una cirugía estética

05 de Octubre de 2016

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Ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes fue presentado un proyecto de ley que busca regular la oferta y realización de procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos.

 

La propuesta está compuesta por 19 artículos divididos en cinco capítulos, el proyecto  tiene entre sus principales objetivos prevenir daños a la salud como consecuencia de engaños, estafas y malas prácticas médicas.

 

Así, en caso de que la iniciativa supere su tránsito legislativo, se considerarían estas intervenciones como un tema de salud pública y apuntaría hacia la reducción del riesgo en su práctica.

 

En primer lugar, se obligaría a los médicos a informar de manera clara y precisa al paciente las complicaciones y consecuencias que tienen para la vida y la salud la práctica de los procedimientos quirúrgicos estéticos.

 

En segundo lugar, se deberán reportar a las autoridades sanitarias los casos de muerte y los eventos adversos derivados de estas prácticas.

 

El articulado también obliga a hacer más exigente y detallado el consentimiento informado. Esto significa que el paciente tendrá que conocer, de manera explícita y consciente los riesgos a que se expone, el tipo de medicamentos e insumos que van a usar, las alternativas existentes para lograr el fin estético deseado y cómo se garantizará la continuidad en el posoperatorio.

 

Asimismo, se exige una valoración psicológica del paciente, que debe quedar consignada en dicho consentimiento.

 

Por otra parte, los especialistas que practican estas intervenciones tendrán que ser identificados en la publicidad. Esta no podrá dirigirse a menores, así como tampoco estarán permitidas las promociones tarifarias que induzcan la demanda o las campañas que sugieran que dichos procedimientos producen éxito o aceptación social a quienes se los practican.

 

Cualquier procedimiento quirúrgico estético deberá estar amparado por una póliza de seguro, que cubrirá los costos derivados de accidentes en las intervenciones, lo anterior teniendo en cuenta que estas prácticas no pueden ser cubiertas con los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud.

 

La especialidad médica

 

La regulación también aplicará para los médicos. Por tanto, para realizar cirugías plásticas de carácter estético será obligatorio tener un título de especialista en la materia, tal y como ocurre en la actualidad con los radiólogos y los anestesiólogos.

 

Además, este proyecto establece que los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos que se practiquen en Colombia solo podrán efectuarlos aquellos médicos que estén inscritos en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS).

 

Según el Ministro de Salud, en la elaboración del proyecto de ley participaron representantes de las sociedades científicas, las universidades, el Congreso de la República y el Ministerio de Educación.

 

Responsabilidades y sanciones

 

El proyecto de ley establece responsabilidades y sanciones a tres grupos: profesionales, sociedades científicas y prestadoras de servicios de salud así:

 

i) Los profesionales que no cumplan con las condiciones y requisitos establecidos serán sancionados por los tribunales de ética, así:

 

- Suspensión del ejercicio profesional hasta por 15 años (actualmente es de máximo 5 años)

 

- Multas hasta de 2.500 salarios mínimos.

 

- Se considerará falta disciplinaria grave la participación de los profesionales en publicidad que no cumpla los requisitos.

 

ii) Las sociedades científicas deberán asumir las siguientes responsabilidades:

 

- Promover la implementación de la recertificación voluntaria.

 

- Realizar estudios anuales sobre morbimortalidad de pacientes atendidos por sus asociados.

 

- Facilitar acceso a la información académica y laboral de sus asociados.

 

- Establecer un mecanismo en línea y de acceso público donde los pacientes puedan expresar su percepción frente a los procedimientos de cada especialista.

 

- Construir y adoptar de guías y protocolos de procedimientos estéticos.

 

- Publicar las sanciones que reporten los tribunales.

 

iii) Por último, los prestadores de servicios de salud responderán por el cumplimiento de las condiciones establecidas para ofrecer y realizar procedimientos estéticos, so pena de las siguientes sanciones:

 

- Pérdida de la habilitación y cierre temporal o definitivo del servicio.

 

- Multas de hasta 10.000 salarios mínimos mensuales.

 

Vale la pena señalar que hace tan solo unos meses el Presidente de la República sancionó una ley que prohíbe la práctica de cirugías estéticas en menores de edad, aún si estos cuentan con la autorización de sus padres. (Lea: Menores de edad no podrán realizarse cirugías estéticas, así cuenten con autorización)

 

Ministerio de Salud, Comunicado Oct/05/16

 

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