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Congreso


Le faltan dos debates a la prima de servicios para trabajadores domésticos

18 de Mayo de 2016

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La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-871 del 2014, exhortó al Congreso y al Gobierno para que definieran las políticas públicas necesarias para avanzar hacia la universalidad del derecho prestacional al pago de la prima de servicios en el caso de los trabajadores domésticos. (Lea: Gobierno presenta cartilla del servicio doméstico)

 

Precisamente, una iniciativa que se tramita y pretende reconocer en condiciones de universalidad el pago de prima de servicios para los trabajadores domésticos cuenta con ponencia positiva para tercer debate, el cual se llevará a cabo en la Comisión Séptima del Senado. (Lea: Universalización de la prima de servicios. El saldo pendiente)

 

Así, el trabajador doméstico recibiría un mes de salario dividido en dos pagos por año, en la siguiente forma: una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros 20 días de diciembre; a quienes hubieren trabajado o trabajen todo el respectivo semestre o proporcionalmente al tiempo trabajado. (Lea: Prima de servicios para trabajadores domésticos, el nuevo desafío del legislador)

 

Corresponderá al Ministerio del Trabajo reglamentar la materia y divulgar el contenido de la iniciativa. (Lea: Trabajadores de servicio doméstico tienen derecho a reconocimiento de pensión sanción)

 

Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 003/15C-136/15S, May. 17/16

 

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