11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Congreso

Congreso


Disminuirían edad y aumentarían requisitos académicos para acceder a cargos de elección popular

05 de Septiembre de 2016

Reproducir
Nota:
13970
Imagen
congreso-senado-plenaria1hp-1509242059.jpg

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Son dos los proyectos de acto legislativo que pretenden reformar la Constitución con el objetivo de cambiar los requisitos para acceder a cargos de elección popular, uno de ellos hace referencia a la estandarización de la edad mínima para ocupar dichas plazas, en tanto que el otro proyecto de reforma plantearía requisitos académicos mínimos para los candidatos de los cargos de elección popular.

 

Ámbito Jurídico le presenta un resumen de las principales pretensiones de las iniciativas

 

Proyecto de Acto Legislativo 118/16C

 

El artículo 45 de la Constitución señala que el Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

 

Pese a lo anterior, la misma carta política establece una edad mínima para acceder a cargos de elección popular así:

 

- Presidente de la República: 30 años (artículo 191)

- Senador de la República: 30 años (artículo 172)

- Representante a la Cámara: 25 años (artículo 177)

- Diputado: 18 años (artículo 299)

 

Por su parte, la Ley 136 de 1994 reglamentó la edad mínima para ocupar otros cargos de elección popular así:

 

- Alcalde: 18 años (artículo 86)

- Concejal: 18 años (artículo 42)

- Edil: 18 años (artículo 123)

 

La propuesta

 

El proyecto de acto legislativo pretende estandarizar los 18 años como edad mínima para acceder a cargos de elección popular.

 

Así, se reformaría la Constitución Política con el objetivo de modificar el requisito de la edad para acceder a los cargos de elección popular de Senado, Cámara de Representantes y gobernaciones.

 

En tal virtud, para acceder a los cargos mencionados se requeriría ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio. Esta regla no aplicaría para aspirar a Presidente de la República y Alcalde Mayor de Bogotá. El proyecto de acto legislativo se encuentra a la espera de la ponencia para primer debate.

 

 

Proyecto de Acto Legislativo 032/16C

 

Esta iniciativa tiene como propósito fundamental modificar los requisitos de acceso a los distintos cargos de elección popular fortaleciendo el nivel académico de los aspirantes, con el fin de optimizar los procesos de la función pública.

 

Así pues, para ser elegido senador, por ejemplo, se requeriría ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de 30 años de edad en la fecha de la elección y, como mínimo, acreditar un título de formación universitaria o profesional en una institución reconocida por el Ministerio de Educación.

 

Lo propio ocurriría con los requisitos para ser Representante a la Cámara, con la única diferencia de ser mayor de 25 años.

 

En cuanto a los requisitos para ser diputado se requerirá ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos, y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

 

Adicionalmente, para ser elegido diputado en los departamentos de categoría especial, primera, segunda y tercera, se pediría, mínimo, acreditar un título de formación universitaria o profesional.

 

En los departamentos de cuarta categoría se requeriría ser bachiller y acreditar un título de formación técnica o tecnológica, o haber culminado cinco semestres de un programa profesional universitario.

 

En cuanto a los requisitos para ser elegido gobernador se requeriría acreditar un título de formación universitaria o profesional y un título de formación avanzada o posgrado. Este proyecto ya cuenta con ponencia positiva para primer debate.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de acto legislativo 118/16C, 032/16C, Ago. 26/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)