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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 39 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Conozca la reforma que modificaría proceso de elección de Procurador y Auditor

16 de Marzo de 2018

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El presidente del Consejo de Estado, Germán Bula Escobar, radicó una propuesta de acto legislativo que busca modificar la forma de elección del Auditor ante la Contraloría General de la República y del Procurador General de la Nación.

 

La idea general es separar a los órganos judiciales del ejercicio de funciones electorales y, así mismo, fortalecer la independencia y autonomía de la Rama Judicial. (Lea: Reformar la justicia en Colombia: primeras discusiones con las facultades de Derecho)

 

La iniciativa, que modificaría los artículos 274 y 276 de la Constitución Política , establecería que la elección del Auditor queda en manos de la Cámara de Representantes y el Senado sería el encargado de elegir al Procurador.

 

Lo anterior teniendo en cuenta una lista de elegibles conformada por convocatoria pública y  adelantada con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Carta Política. (Lea: La elección de magistrados de las altas cortes en la historia colombiana)

 

La exposición de motivos indica que se debe recordar que la división de las ramas del poder público obedece a varias premisas de funcionalidad, entre ellas el sistema de frenos y contrapesos.

 

El Constituyente de 1991 y, posteriormente, el derivado establecieron diversas disposiciones que asignaron funciones electorales en cabeza de los órganos de cierre de la Rama Judicial, identificadas concretamente en facultades de nominación y elección de funcionarios del Estado que no pertenecen a la Rama.

 

El siguiente cuadro da cuenta de tales funciones electorales confiadas originalmente a las cortes, así:

 

Corte Suprema de Justicia

Consejo de Estado

Corte Constitucional

Su presidente participa en la elección del Registrador Nacional del Estado Civil, previo concurso público.

 

Propone al Congreso uno de los miembros de la terna de aspirantes para el cargo de Contralor General de la República.

 

Envía al Consejo de Estado la terna de candidatos para el cargo de Auditor General de la República.

 

Propone al Senado uno de los miembros de la terna de aspirantes para el cargo de Procurador General de la Nación.

Su presidente participa en la elección del Registrador Nacional del Estado Civil.

 

Propone al Congreso uno de los miembros de la terna de

aspirantes para el cargo de

Contralor General de la

República.

 

Elige al Auditor General de la República.

 

Propone al Senado uno de los miembros de la terna de aspirantes para el cargo de Procurador General de la Nación.

Su presidente participa en la

elección del Registrador

Nacional del Estado Civil.

 

Propone al Congreso uno de los miembros de la terna de

aspirantes para el cargo de Contralor General de la República.

 

El alto tribunal reconoció que la intervención de la judicatura en el proceso de elección de estos funcionarios estaba inspirado en un esquema racional de colaboración armónica, que garantizaría un mayor equilibrio entre las ramas y órganos del poder público.

 

Pero concluyó que el deseo de acertar en la designación de las mejores personas que pudieran acceder a estos altos cargos, en especial de los órganos de control, “ha terminado por afectar el funcionamiento e imagen de la Rama Judicial en su conjunto”.

 

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