Cambiarían efectos de la detención preventiva contra soldados profesionales e infantes de marina
29 de Mayo de 2019
Fue aprobado, en cuarto debate, el proyecto de ley que pretende modificar el artículo 11 del Decreto Ley 1793 del 2000 (régimen de carrera y estatuto del personal de soldados profesionales de las fuerzas militares).
#Boletín “Aprobado en cuarto debate Proyecto de Ley que modifica el artículo 11 del decreto ley 1793 del 2000 estatuto de carrera de los Soldados Profesionales e Infantes de Marina” Proyecto de autoría de la exsenadora @ThaniaVegaP y ponencia de la Senadora @PaolaHolguin pic.twitter.com/R6HRNkVK0z
— #PaolaMiSenadora (@PaolaSenadora) May 21, 2019
Se pretenden cambiar algunos efectos de la detención preventiva en casos en que sea impuesta a soldados profesionales e infantes de marina, pues, para los autores, el retiro forzado de soldados a quienes se impone medida de aseguramiento es un trato discriminatorio que viola el derecho a la igualdad y la presunción de inocencia.
La modificación aprobada establece que durante el tiempo de suspensión el militar percibirá primas, subsidios y el 50 % del salario básico correspondiente; si es absuelto, deberá reintegrársele el porcentaje retenido.
Sumado a eso, se dispuso que cuando el tiempo de la suspensión sea superior al de la condena impuesta por la autoridad competente se les deberá reintegrar el excedente de los salarios retenidos. (Lea: Ejército Nacional fue condenado por lesiones de soldado conscripto hechas por centinela)
Finalmente, se aprobó el levantamiento de la suspensión cuando haya sentencia absolutoria, se venzan términos, precluya o se archive la investigación penal, haya una cesación del procedimiento o se revoque la medida de aseguramiento. Una vez ocurra alguna de estas situaciones procesales, el soldado o infante de marina sería reincorporado al servicio.
Debe resaltarse que hay una conciliación pendiente sobre el proyecto, de ser lograda y votada positivamente, pasará sanción presidencial.
Senado de la República, proyecto de ley 122/18S-018/17C.
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