Cambiarían efectos de la detención preventiva contra soldados profesionales e infantes de marina
Se busca flexibilizar las condiciones de retiro forzoso de los miembros de la fuerza pública afectados con la imposición de medida de aseguramiento.Openx [71](300x120)

29 de Mayo de 2019
Fue aprobado, en cuarto debate, el proyecto de ley que pretende modificar el artículo 11 del Decreto Ley 1793 del 2000 (régimen de carrera y estatuto del personal de soldados profesionales de las fuerzas militares).
#Boletín “Aprobado en cuarto debate Proyecto de Ley que modifica el artículo 11 del decreto ley 1793 del 2000 estatuto de carrera de los Soldados Profesionales e Infantes de Marina” Proyecto de autoría de la exsenadora @ThaniaVegaP y ponencia de la Senadora @PaolaHolguin pic.twitter.com/R6HRNkVK0z
— #PaolaMiSenadora (@PaolaSenadora) May 21, 2019
Se pretenden cambiar algunos efectos de la detención preventiva en casos en que sea impuesta a soldados profesionales e infantes de marina, pues, para los autores, el retiro forzado de soldados a quienes se impone medida de aseguramiento es un trato discriminatorio que viola el derecho a la igualdad y la presunción de inocencia.
La modificación aprobada establece que durante el tiempo de suspensión el militar percibirá primas, subsidios y el 50 % del salario básico correspondiente; si es absuelto, deberá reintegrársele el porcentaje retenido.
Sumado a eso, se dispuso que cuando el tiempo de la suspensión sea superior al de la condena impuesta por la autoridad competente se les deberá reintegrar el excedente de los salarios retenidos. (Lea: Ejército Nacional fue condenado por lesiones de soldado conscripto hechas por centinela)
Finalmente, se aprobó el levantamiento de la suspensión cuando haya sentencia absolutoria, se venzan términos, precluya o se archive la investigación penal, haya una cesación del procedimiento o se revoque la medida de aseguramiento. Una vez ocurra alguna de estas situaciones procesales, el soldado o infante de marina sería reincorporado al servicio.
Debe resaltarse que hay una conciliación pendiente sobre el proyecto, de ser lograda y votada positivamente, pasará sanción presidencial.
Senado de la República, proyecto de ley 122/18S-018/17C.
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