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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Pasa a cuarto debate reforma que eliminaría la conexidad del narcotráfico y el secuestro con el delito político

28 de Noviembre de 2018

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Pasó a cuarto debate el proyecto de acto legislativo 030/18S-072/18C, que adicionaría dos artículos a la Constitución Política y prevé que en ningún caso el delito del secuestro ni los relacionados con fabricación, tráfico y porte de estupefacientes serán considerados delitos políticos o conductas conexas a estos.

 

Para la ministra de Justicia, Gloría María Borrero, es necesario que el Congreso imponga límites normativos a la aplicación de la conexidad, evite beneficios injustificados y pondere los efectos dañinos que conlleven la falta de castigo efectivo de conductas punitivas trasnacionales.

 

Así mismo, afirmó que el narcotráfico ha ordenado y financiado los homicidios de miles de colombianos honestos que se han opuesto a sus designios, por lo que se trata de un problema de seguridad nacional y de salud pública.

 

 

 

 

De acuerdo con la ponencia para tercer debate, el hecho de que la Constitución no aporte mayores elementos a la definición de delito político no significa que no existan o no puedan establecerse límites a la libertad del Congreso para reconocer ciertas conductas como tal para los específicos propósitos de reconocer amnistías o indultos.

 

La iniciativa busca, precisamente, que las personas naturales que se dedican a las actividades relacionadas con la fabricación, tráfico y porte de estupefacientes no sean beneficiadas con amnistías e indultos ni se entienda que son conexas al delito político, lo cual protege valores constitucionales como la seguridad, el orden social y económico y, principalmente, la salud pública y el cuidado integral de la comunidad.

 

Así mismo, resaltó el documento, resulta coherente, no solo desde la perspectiva constitucional sino política, que las conductas relacionadas con la fabricación, tráfico y porte de estupefacientes puedan ser investigadas, juzgadas y sancionadas por quienes integran el sistema judicial colombiano.

 

Lo contrario sería claudicar ante quienes no dudaron en realizar una conducta que destruye de muy diversas formas los cimientos de nuestra sociedad, con el objeto de financiar las actividades también delictivas.

 

 

 

 

En el pliego de modificaciones se incluyó un parágrafo que aclara que las nuevas disposiciones en ningún caso afectarán o modificarán los acuerdos de paz ya celebrados por el Estado, sino que servirán como elemento de futuras negociaciones.

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