13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Congreso

Congreso


Los trascendentales efectos del acuerdo de seguridad jurídica anunciado por el Gobierno y las Farc

13 de Mayo de 2016

Reproducir
Nota:
15154
Imagen
dialogosdepaz-negociadores-lahabana1pres-1509242243.jpg

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Los anuncios hechos ayer por la mesa de negociación entre el Gobierno y las Farc que se adelanta en La Habana producirán profundos cambios en el proyecto de acto legislativo para la paz, que se tramita en penúltimo debate en el Congreso de la República.

 

Más allá del tecnicismo jurídico de los anuncios, las consecuencias serán trascendentales y sin un antecedente internacional comparable. Ámbito Jurídico le explica los principales efectos que tendría la reforma.

 

- Los anuncios

 

En primera instancia hay que entender que el acuerdo final es el que se encuentra en discusión en La Habana y está próximo a firmarse con la guerrilla de las Farc. Así pues, sería incorporado al ordenamiento colombiano para que pueda tener efectos jurídicos.

 

Es por ello que desde el año pasado se tramita un acto legislativo en el Congreso para implementar lo acordado, son básicamente cuatro las reformas que se incluirían al proyecto, antes del 18 de mayo:

 

1. Acuerdo especial

 

El Convenio de Ginebra fue aprobado por la Conferencia Diplomática el 12 de agosto de 1949, para la elaboración de convenios internacionales destinados a proteger a las víctimas de la guerra.

 

El anuncio hecho por los negociadores implica que el acuerdo final, una vez sea firmado, adquirirá la categoría de acuerdo especial en los términos del artículo tres de los Convenios de Ginebra. Esta jerarquización está íntimamente ligada con el siguiente punto.

 

2. Ingreso al bloque de constitucionalidad

 

Adquirir la categoría de acuerdo especial en los términos de los convenios de Ginebra implica que el acuerdo final estaría blindado por el derecho internacional humanitario (DIH) e ingresaría de manera automática y prevalente al bloque de constitucionalidad.

 

El respeto al bloque de constitucionalidad se impone a la ley, en materia de tratados internacionales de derechos humanos y DIH, lo cual significa que será prevalente su interpretación por encima del resto de normativa.

 

En conclusión, el acuerdo suscrito en La Habana se convertirá en una regla de valor prevalente constitucional y servirá como parámetro de interpretación y referente de validez de las normas que se expedirán en el posconflicto.

 

Vale mencionar que esta proposición es sumamente parecida a la plasmada dentro de la demanda de inconstitucionalidad presentada en el mes de abril por el exfiscal Eduardo Montealegre, ante la Corte Constitucional. (Lea: ¿Cómo pretende la Fiscalía reforzar los acuerdos de La Habana?)

 

En opinión del abogado constitucionalista Francisco Barbosa, esto no tiene precedente en el mundo, puesto que es potestad de la Corte Constitucional definir qué es y qué no es bloque de constitucionalidad.

 

Sin embargo, por esta vez se reemplaza esa función y es un acto legislativo el que está definiendo de manera taxativa que el acuerdo final entra a ser parte del bloque de constitucionalidad.

 

3. Procedimiento aprobatorio del acuerdo final

 

Otro de los anuncios se refiere al desarrollo de un procedimiento legislativo para la aprobación del acuerdo final.

 

Así pues, el Acto Legislativo para la paz no solo incluirá de manera taxativa el acuerdo final en el bloque de constitucionalidad, sino que buscará la aprobación de este mediante la expedición de una ley ordinaria, que se regirá bajo los siguientes parámetros:

 

3.1 Radicación

3.2 Primer debate en comisiones conjuntas de Senado y Cámara

3.3 Segundo debate en la plenaria del Senado

3.4 Ocho días después se llevará a cabo el tercer debate ante la plenaria de la Cámara de Representantes.

3.5 Control de constitucionalidad automático y único

3.6 Sanción presidencial

3.7 Publicación en Diario Oficial

 

El acuerdo final deberá ser aprobado o improbado en bloque, lo cual significa que se blinda jurídicamente, de tal forma que no pueda ser modificado ni por el Congreso en sus debates ni por la Corte Constitucional en su posterior control.

 

4. Control de constitucionalidad

 

Cuando los negociadores hablan de un control único para la aprobación del Acuerdo Final quieren decir que este se enviará por única vez a la Corte Constitucional para su revisión.

 

Ello implica que ningún ciudadano puede presentar demanda de inconstitucionalidad en contra del acuerdo que el Gobierno firme con la guerrilla y que se aprobará mediante la expedición de una ley ordinaria.

 

Por otra parte, este control de constitucionalidad se limitará a que la Corte verifique los requisitos de forma, sin que pueda llegar a intervenir sobre el fondo del acuerdo. Bajo estos dos escenarios, el acuerdo final queda blindado jurídicamente y podría hacer tránsito a cosa juzgada, asegura el abogado Barbosa.

 

- Los interrogantes

 

El primer cuestionamiento tiene que ver con la refrendación ciudadana. Como se ha informado, el acuerdo será incluido dentro del bloque de constitucionalidad. Así pues, la refrendación popular no puede estar dirigida a aquello que este incluido allí, este mecanismo de participación buscará despejar las dudas en cuanto aquello no esté incluido en el mismo.

 

En conclusión, surge el siguiente interrogante ¿Sobre qué puntos van a consultar a la ciudadanía, si el acuerdo final será incluido de manera taxativa dentro del bloque de constitucionalidad?

 

Ahora bien, estas adiciones que reforman de manera tan profunda el sentido del acuerdo final pueden tramitarse como simples adiciones dentro del acto legislativo que está en curso en el Congreso y avanza en séptimo debate?

 

En opinión del abogado Barbosa, la respuesta es no. Estos cambios son tan profundos que requieren un trámite independiente para que puedan ser debatidos de fondo por el Congreso.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)