Congreso
Esto debe saber de lo aprobado para crear la jurisdicción de paz
19 de Enero de 2017
Con 25 votos a favor y ninguno en contra fue aprobado el proyecto de acto legislativo que incluiría en la Constitución la jurisdicción especial para la paz (JEP). (Lea: Esta reforma constitucional legitimaría esquema de justicia transicional y prohibiría extradición de guerrilleros)
Esta propuesta permitirá crear el sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, del cual hacen parte:
1. La Comisión para el esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la no repetición.
2. La Unidad para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
3. La JEP.
4. Las medidas de reparación integral y las garantías de no repetición.
Además, se aprobaron las modificaciones sugeridas sobre la exigencia de requisitos más estrictos para quienes se acojan a la justicia especial y aspiren a ser funcionarios del Estado o trabajadores oficiales; también que en las investigaciones a miembros de la fuerza pública se tengan en cuenta sus propias reglas operacionales y que se considere que el Tribunal especial para la paz será una jurisdicción prevalente frente a otras.
“Este acto legislativo es la columna vertebral del acuerdo de paz. Esto nos va a garantizar que en menos de cinco meses las Farc hayan desaparecido como grupo armado y se transforme en movimiento político”, señaló el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.
Los reparos de la Fiscalía General
De otra parte, el fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, envió una carta con algunos reparos y precisiones sobre estos temas, con el fin de que sean tenidos en cuenta en los debates que se están surtiendo.
En la comunicación, Martínez dice que la no extradición podrá beneficiar a disidentes, reincidentes y personas que no hagan parte de las Farc y advierte que la normativa no establece que los beneficios penales de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) deben cobijar exclusivamente a los desmovilizados de las Farc.
Así mismo, expone que se debe aclarar cuál será el tratamiento de los delitos continuados cuyos efectos se extiendan más allá del 1° de diciembre del 2016.
Es importante mencionar que en esta fecha entró en vigencia el acuerdo definitivo de paz entre el Gobierno Santos y las Farc. (Lea: Esto dicen los salvamentos de voto al Acto Legislativo para la Paz)
Finalmente, el Fiscal pidió más precisión sobre la redacción del fuero presidencial, pues “esto es fundamental para evitar equívocos posteriores acerca del verdadero alcance de la figura en cuestión”.
Ministerio del Interior, Fiscalía General de la Nación, comunicado, Ene. 18/17
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