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Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

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Congreso


En manos de la Corte Constitucional quedó proyecto para eliminar cobro por reconexión de servicios públicos domiciliarios

30 de Mayo de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Aunque la información entregada la semana pasada por las oficinas de Prensa y de Leyes de la Cámara indicaba erróneamente que el informe de objeciones al proyecto de ley para eliminar el cobro por reconexión de servicios públicos domiciliarios había sido rechazado y, por ende, el proyecto había sido archivado, funcionarios de la corporación llamaron a este medio para decir que el informe de objeciones fue aprobado, por lo cual esta propuesta pasa a revisión de la Corte Constitucional, para que se decida sobre su futuro.

 

Vale la pena mencionar que ninguna de las dependencias anteriormente mencionadas ha emitido pronunciamiento oficial corrigiendo el error de la información publicada, inclusive se mantiene en su cuenta de Twitter. Sin embargo, por respeto a nuestros lectores, Ámbito Jurídico se permite aclarar que el proyecto no fue archivado y continuará su trámite en la Corte.

 

 

El trámite de la iniciativa

 

El Congreso envió a sanción presidencial el proyecto de ley 016/15S-190/15C, por medio del cual se elimina el cobro por concepto de reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 cuando la causa de suspensión haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.

 

Ante esta decisión del Legislativo, la Presidencia de la República presentó un informe de objeciones en contra de la iniciativa, dos de ellas por inconstitucionalidad y dos más por inconveniencia.

 

La comisión accidental nombrada por el Congreso rechazó las objeciones presentadas por el Ejecutivo, decisión que fue respaldada por las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes.

 

Ahora, el proyecto será enviado a revisión de la Corte Constitucional, si la iniciativa recibe el respaldo del alto tribunal deberá ser sancionada. En cambio, si el alto tribunal considera que el proyecto es parcialmente inexequible, así lo indicará al Legislativo para que, oído el ministro del ramo, rehaga o integre las disposiciones afectadas en términos concordantes con el dictamen. 

 

¿Cuál es el objeto de la iniciativa?

 

La iniciativa establece que no habría lugar al cobro por concepto de reconexión y reinstalación  de servicios públicos domiciliarios cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 hubiese sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se pusiere a paz y salvo o celebrase un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de ley 016/15S-190/15C, May. 24/17

 

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