Congreso
Aprueban en tercer debate reforma de equilibrio de poderes
20 de Noviembre de 2014
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes culminó, sin drásticas modificaciones, el tercer debate de la reforma constitucional de equilibrio de poderes.
Según el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, se trató de “un debate juicioso y profundo, en donde todas las bancadas demostraron su compromiso”. La reforma, aseguró el funcionario, se seguirá perfeccionando, en la medida en que avance el debate y participe la ciudadanía.
Los siguientes son algunos puntos clave del proyecto de acto legislativo:
Curul para los raizales de San Andrés. Se propone crear una curul en la Cámara de Representantes para los raizales de San Andrés, y se aprueba la eliminación de una de las curules de colombianos en el exterior.
Senado regional. El Senado de la República estaría integrado por 100 miembros. Habrá un senador elegido en circunscripción departamental, por cada uno de los departamentos con menos de 500.000 habitantes, de acuerdo con el último censo poblacional; los demás se elegirán por circunscripción nacional. Los candidatos deben haber residido en el departamento que van a representar, por lo menos dos años antes de la fecha de la inscripción.
Eliminación del voto preferente. Las listas para la elección de corporaciones públicas serían cerradas y bloqueadas. Sin embargo, para las elecciones territoriales del 2015, se podrían presentar listas con voto preferente. Del 2016 al 2021, se implementaría un sistema mixto denominado lista semicerrada, y en el 2021, sería cerrada.
Eliminación de la reelección. Se aprobó la eliminación de la reelección del Presidente y el Vicepresidente de la República, los magistrados del Consejo Nacional Electoral, el Registrador Nacional del Estado Civil, el Contralor General de la República y los contralores distritales, departamentales y municipales. Igualmente, quienes aspiren a ser presidente de la República o a cualquier cargo de elección popular deben renunciar a sus cargos públicos un año antes, para no inhabilitarse.
Silla Vacía. Esta figura se aplicaría por cualquier delito relacionado con la promoción, pertenencia o financiación de grupos armados ilegales, narcotráfico, delitos dolosos contra la administración pública y los mecanismos de participación democrática y delitos de lesa humanidad.
Puerta giratoria. Se prohíbe el nombramiento de servidores públicos y la celebración de contratos estatales con personas hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, matrimonio o unión libre que hayan intervenido en la designación o postulación del nominador o postulante. Igualmente, la elección de funcionarios atribuida a corporaciones públicas deberá estar precedida de una convocatoria pública, bajo los principios de transparencia, publicidad, participación ciudadana y equidad de género.
Tribunal de aforados. Esta instancia se encargaría de investigar y acusar a los funcionarios aforados ante la Cámara de Representantes, por causas disciplinarias, fiscales o penales, mientras duren en el ejercicio de sus cargos. El Presidente de la República mantendrá el fuero constitucional, aun cuando haya cesado en el ejercicio de su cargo. El tribunal estaría conformado por cinco miembros.
Requisitos para ser magistrado. Se amplía el tiempo de experiencia de 15 a 20 años en la Rama Judicial. Estos funcionarios no podrán ser reelegidos, y solo podrán aspirar a cargos un año después de cesar en sus funciones.
Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial. Con la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, se establece el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, compuesto por tres niveles de administración: la Sala de Gobierno Judicial, la Junta Ejecutiva y el Director Ejecutivo.
Consejo Nacional de Disciplina Judicial. Este organismo estará conformado por siete magistrados, elegidos para un periodo de ocho años por el Congreso en pleno, de terna enviada por la Sala de Gobierno Judicial.
Incompatibilidades de los congresistas. A partir del 20 de julio del 2018, las incompatibilidades cesarán cuando renuncien a su cargo.
Funciones del Procurador. El Procurador General de la Nación debe ejercer vigilancia de la conducta oficial de los funcionarios, incluidos los de elección popular, con excepción de los congresistas, a partir del 20 de julio del 2018. Su elección la realizará el Congreso en pleno.
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