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Iniciativa que incluiría tratamientos de infertilidad dentro del POS llegó a último debate

14 de Junio de 2017

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Esta iniciativa, que llegó a último debate y será estudiada por la plenaria del Senado, tiene como objetivo establecer los lineamientos para el desarrollo de la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parámetros de salud reproductiva. (Lea: Tratamientos de fertilidad no POS deben ser cofinanciados por los pacientes)

 

Ello en razón a los diferentes exhortos  de la Corte Constitucional al Gobierno frente a la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos para sufragar los gastos de este tipo de tratamientos.

 

La línea jurisprudencial desarrollada por la Corte ha reconocido, progresivamente, la infertilidad como un padecimiento que puede trastocar el núcleo primigenio de derechos fundamentales. Estos son los pronunciamientos judiciales relacionados con este tema:

 

-          T-528 del 2014.

 

-          T-274 del 2015.

 

-          T-306 del 2016.

 

El proyecto considera como infertilidad aquella enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas.

 

Así, se entenderán como técnicas de reproducción humana asistida todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo. (Lea: Así van las reformas legales sobre reproducción humana asistida)

 

El Ministerio de Salud creará un registro único en el que estarán los centros de atención especializada autorizados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción, así como de los pacientes tratados y quedarían incluidos los bancos receptores de gametos o embriones.

 

Finalmente, y en relación al derecho comparado, en varios países latinoamericanos los tratamientos de infertilidad y de reproducción asistida se encuentran incluidos en los planes de salud pública como, por ejemplo, Argentina, Brasil, Uruguay, Chile y México, entre otros.

 

Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 082/15C-123/16S, May. 8 / 2017

 

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