Senado estudiará reclusión en pabellones especiales para corruptos
11 de Diciembre de 2019
Un proyecto de ley que tiene origen en los resultados de la consulta anticorrupción se debate en el Senado de la República. Se trata de la propuesta que pretende regular sanciones para los condenados por corrupción y la cesión unilateral de contratos por estos actos delictivos.
En el informe de ponencia para último debate se asegura que se ha desdibujado el objetivo planteado en la mesa técnica anticorrupción, realizada a mediados del año 2018.
Precisamente, se asegura que en los debates llevados a cabo en la Cámara de Representantes se introdujeron elementos al articulado que modifican “de manera abiertamente contraria” la intención del punto dos de la consulta anticorrupción, por ejemplo:
- Permitir que el contratista corrupto siga teniendo el derecho a la cesión de los contratos que tenga vigentes con el Estado.
- Limitar solo a los servidores públicos las medidas penales relacionadas con delitos contra la administración pública, la administración de justicia y que atenten contra el patrimonio del Estado.
- Limitar la inhabilidad permanente solo a cuando haya comisión de delitos contra la administración pública, y siempre que afecten el patrimonio público.
- Dejar por fuera la posibilidad de terminación unilateral del contrato cuando se demuestren actos de corrupción a solo habilitarla cuando haya sentencia condenatoria en firme.
Por esa razón, la plenaria del Senado recibió un pliego de modificaciones con las que, según los ponentes, se pretende enderezar la propuesta a la voluntad de los más de 11 millones de colombianos que acudieron a las urnas buscando soluciones a los actos de corrupción.
Cárcel a los corruptos
Debe recordarse que uno de los puntos fundamentales de la iniciativa es eliminar privilegios de reclusión para los corruptos. Para los ponentes, es evidente la necesidad de aumentar el costo de cometer delitos contra la administración pública, no solo en términos económicos, sino también en materia de severidad de la sanción.
Lo anterior teniendo en cuenta que, a su juicio, la normativa vigente no es compatible con el propósito del Estatuto Anticorrupción, pues ha generado beneficios dirigidos a la protección de servidores públicos de altos cargos que han sido parte de actos de corrupción.
En esta ocasión se insiste en la polémica alrededor del contenido de la Ley 65 de 1993 y la Resolución 2122 del 2012, del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), mediante las que se creó la figura de "reclusión en casos especiales" y donde se facultó al Director del Inpec, así como al grupo de asuntos penitenciarios, para que designe o fije el lugar de reclusión especial que va a tener un condenado que cumpla con las características propias para adquirir el beneficio de "reclusión especial”.
Por esa razón, el texto que el Senado estudiará incluye un artículo nuevo, en el que se contempla que esa medida no aplicará, en ningún caso, a los servidores o exservidores públicos condenados por cometer delitos de peculado por apropiación, concusión, cohecho propio, cohecho impropio, cohecho por dar u ofrecer, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimientos de requisitos legales, acuerdos restrictivos de la competencia, tráfico de influencias de servidor público, enriquecimiento ilícito, prevaricato por acción, falso testimonio, soborno, soborno en la actuación penal, amenazas a testigo, ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, o delitos que atenten el patrimonio del Estado.
La iniciativa ahora contempla que estas personas deberán ser recluidas en pabellones especiales para servidores públicos dentro del respectivo establecimiento penitenciario o carcelario.
Senado, ponencia proyecto de ley 119/19S-163/18C, Nov. 5/19.
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