11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Congreso

Congreso


Régimen de impedimentos y recusaciones para el Fiscal General de la Nación sería archivado

04 de Abril de 2017

Reproducir
Nota:
11905
Imagen
fiscalia-cti-bunkerfis-1509241789.jpg

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La propuesta fue presentada por el fiscal Néstor Humberto Martínez y se centra en dos propósitos medulares: determinar el régimen de impedimentos e inhabilidades del titular de la Fiscalía General de la Nación y crear los mecanismos legales para la colaboración logística que requiera el fiscal ad hoc. (Lea: Fiscalía presentó tres proyectos de ley)

 

Así, se pretende que en caso de que el Fiscal General se declare impedido o no acepte la recusación, sin importar el régimen procesal aplicable, envíe la actuación a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, para que resuelva el asunto.

 

Ahora bien, en los casos en que prospere el impedimento o la recusación, la Corte oficiaría al Presidente de la República para que en el término máximo de 10 días conforme una terna que cumpla con las mismas calidades para ocupar el cargo de fiscal general y de estos postulados la Corte elegiría fiscal ad hoc, quien se encargaría de conocer del proceso en que prosperó el impedimento o la recusación. (Lea: Corte Suprema implementa la figura del Fiscal General ‘ad hoc’)

 

Aunque la propuesta llenaría los vacíos legales en la materia, el senador Carlos Fernando Motoa presentó ponencia en la que solicita el archivo de la iniciativa por dos razones principales:

 

- Porque un ajuste institucional de las magnitudes propuestas tendría que estar precedido de la solución de los problemas del fiscal ad hoc como, por ejemplo, las violaciones al derecho a una defensa adecuada provocada por la posible dilación injustificada y los problemas de constitucionalidad en el diseño institucional.

 

- Porque esta reforma no es de tipo legal sino constitucional y no podría tramitarse, según el ponente, por un proyecto de ley sino por uno de reforma constitucional. (Lea: Impedimentos del Fiscal General no afectan la competencia de su sucesor)

 

Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 066/16S, 03/28/17

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)