Congreso
Reforma a la detención preventiva, a penúltimo debate
04 de Junio de 2015
La reforma a la Ley 906 del 2004 en lo relacionado con medidas de aseguramiento privativas de la libertad enfrenta su tercer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.
Como se recordará, se pide que las medidas de aseguramiento privativas de la libertad no excedan de un año; que el juez de control de garantías las imponga solo si considera que las no privativas resultan insuficientes y que no podrían transcurrir más de 120 días entre la presentación del escrito de acusación y el inicio de la audiencia de juicio, ni más de 150 entre esta última y la audiencia de lectura del fallo.
De este modo, quedarían claramente estipulados los términos (número de días) que pueden correr entre las distintas fases procesales de un caso, y que deben empezar a cumplir tanto la Fiscalía como los jueces. Así los procesos serán más ágiles y la detención preventiva será aplicada de un modo más racional.
Del pliego de modificaciones vale mencionar que se plantea ampliar el término de duración de la privación de la libertad, hasta tres veces el mismo término inicial, si el proceso se surte ante la justicia penal especializada, son tres o más los acusados o se trata de investigaciones por actos de corrupción.
Al respecto, el Ministro de Justicia, Yesid Reyes Alvarado, explicó que la detención preventiva es medida excepcional pero se viene aplicando como regla general.
"Esa costumbre de estar aplicando como única medida de aseguramiento la detención preventiva ha llevado a que el Estado en muchas ocasiones termine demandado por privación injusta de la libertad. Hoy en día tenemos 18.000 demandas contra el Estado con pretensiones que ascienden a los 23 billones de pesos", sostuvo.
A lo anterior, el alto funcionario agregó que las leyes colombianas contemplan once medidas de aseguramiento que pueden imponerse a una persona, por lo que no necesariamente se deben privar de la libertad.
(Cámara, ponencia P. L. 232/14C-115/14S, mayo 29/15)
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