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Actualizado hace 16 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Reforma a la contratación pública para fortalecer la infraestructura pasa a sanción

15 de Diciembre de 2017

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Con la aprobación del informe de conciliación por parte del Congreso, el proyecto de ley de infraestructura que busca adicionar, modificar y dictar disposiciones orientadas a fortalecer y blindar la contratación pública en Colombia pasa a sanción presidencial.

 

Este texto, compuesto por 22 artículos, adiciona los parágrafos 2° y 3° del artículo 30 de la Ley 80 del 1993, que regula la estructura de los procedimientos de selección. Específicamente, estas disposiciones precisan que en los procesos de licitación para seleccionar contratistas de obra la oferta estará conformada por dos sobres.

 

El primer sobre debe incluir los documentos relacionados con el cumplimiento de los requisitos habilitantes, así como los requisitos y documentos a los que se les asigne puntajes diferentes a la oferta económica.

 

Por su parte, el segundo sobre deberá incluir únicamente la propuesta económica, de conformidad con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones.

 

Para la selección de este contratista, la iniciativa explica el trámite que deben efectuar las entidades estatales. (Lea: La “asunción del contrato” por parte de los financiadores en los proyectos de infraestructura)

 

Pliegos tipo

 

También, se agrega un parágrafo al artículo 2° de la Ley 1150 del 2007, que regula las modalidades de selección.

 

Allí, se precisa que el Gobierno deberá adoptará documentos tipo para:

 

i.   Los pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas,

ii.   Interventoría para las obras públicas,

iii.   Interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas y

iv.   Consultoría en ingeniería para obras.

 

Estos deberán ser utilizados por todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación en los procesos de selección que adelanten.

 

Dentro de los documentos tipo el Gobierno adoptará, de manera general y con alcance obligatorio, las condiciones habilitantes, así como los factores técnicos y económicos de escogencia, según modalidad de selección y la ponderación precisa y detallada de los mismos.

 

Facultad de adopción

 

Para su adopción el Gobierno tendrá en cuenta las características propias de las regiones, con el ánimo de promover el empleo local. La facultad de adoptar documentos tipo la tendrá el Gobierno cuando lo considere necesario, en relación con otros contratos o procesos de selección.

 

Del mismo modo, el proyecto a sancionar indicó que los pliegos tipo se adoptarán por categorías, de acuerdo con la cuantía de la contratación, según reglamentación que expida el Gobierno. (Lea: Los cambios que se avecinan en la contratación estatal)

 

La iniciativa también agregará disposiciones a los artículos denominados: de las modalidades de selección (contratos interadministrativos), de la selección objetiva, de la publicación de proyectos de pliegos de condiciones y estudios previos, consagrados en la Ley 1150, entre otros.

 

Compromiso del Gobierno

 

En relación con el artículo 20 de la ley, que precisa los costos de evaluación de los proyectos de asociación público privada, varios congresistas lo cuestionaron por cuanto con esta disposición se exoneraría a los contratistas de pagar multas a los bancos cuando se generen inconvenientes o se presenten casos de corrupción en las denominadas “mega obras”.

 

En tal sentido, el Estado sería el responsable de asumir los costos de los incumplimientos de estos proyectos de infraestructura de gran magnitud y no los encargados y responsables de estas obras.

 

Justamente, ante ello, Gobierno se comprometió a presentar un proyecto de ley para superar esta falencia y hacer claridad al respecto. Por eso, y con el fin de salvar la iniciativa del hundimiento, los congresistas le dieron su aprobación.

 

Opinión del Ministro de Transporte

 

El ministro de Transporte, Germán Cardona, por su parte, emitió un pronunciamiento en donde celebró la aprobación del proyecto.

 

Igualmente, enfatizó que "El Gobierno Nacional, el Ministerio de Transporte y yo en particular coincidimos plenamente en lo que todas las bancadas han solicitado y vamos a trabajar en la reglamentación rigurosa para despejar cualquier tipo de preocupación. De esta manera, los pliegos no dependerán de los funcionarios de turno y se mitigarán los riesgos de corrupción”.

 

Por otro lado, indicó que quedarán modificados aspectos precisos de la contratación y licitación para promover la pluralidad de oferentes, la sana competencia e igualdad de condiciones para todos los participantes y aumentar la confianza de los inversionistas.

 

Congreso de la República, informe de conciliación P. L. 084/16S-285/17C, Dic. 5/17

 

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