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Congreso


Reforma al sistema de empleos temporales de carrera administrativa llega a penúltimo debate

03 de Mayo de 2017

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La Comisión Séptima de la Cámara decidirá el futuro de la reforma que modificaría el numeral 3° del artículo 21 de la Ley 909 del 2004, para modificar el reglamento de ingreso a empleos de carácter temporal o transitorio dentro de las entidades públicas, así:

 

-          Para la provisión de los empleos, los nominadores deberán solicitar las listas de elegibles a la Comisión Nacional del Servicio Civil, anexando como mínimo la información exigida en el artículo 19 de la Ley 909 del 2004.

 

-          En caso de ausencia de lista de elegibles se debe dar prioridad a la selección de personas que se encuentren en carrera administrativa, cumplan los requisitos para el cargo y trabajen en la misma entidad.

 

-          Agotadas las reglas anteriores, se garantizaría la libre concurrencia mediante convocatoria pública para la provisión de los empleos temporales en la página web de la respectiva entidad.

 

La iniciativa entonces busca que el ingreso a estos empleos se efectué con respeto a los principios de la función pública y cumpliendo las mencionadas reglas.

 

El proyecto también autorizaría a los servidores de carrera a separarse transitoriamente del empleo que ostentan en titularidad para desempeñar un empleo temporal, sin que ello implique la pérdida de los derechos de carrera administrativa. (Lea: Modalidades de selección en contratación pública cambiarán completamente: Zuleta)

 

Así las cosas, el nombramiento de un servidor de carrera en un empleo temporal debería recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el empleo inmediatamente inferior que exista en la planta de personal de la entidad.

 

Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 116/15S-172/16C, Abr. 25/17

 

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