Congreso
Reforma al régimen prestacional y de retiro de la Policía Nacional llega a primer debate
18 de Mayo de 2017
La iniciativa, que ya cuenta con ponencia positiva para primer debate, busca adicionar un nuevo parágrafo al artículo 7° de la Ley 180 de 1995, respecto al tiempo de vinculación de los miembros del nivel ejecutivo de la Policía Nacional para acceder al derecho de asignación de retiro.
En términos del ponente, el principal objetivo del proyecto es superar la inseguridad jurídica que existe respecto a los tiempos máximos y mínimos de los policías del nivel ejecutivo para acceder a la asignación de retiro, ya que en múltiples decretos se ha interferido en la esfera del legislador, modificando los tiempos y afectando a miles de policías.
Así, cuando estos oficiales sean retirados del servicio activo por llamamiento a calificar servicios, por voluntad del Gobierno o de la Policía o por disminución de la capacidad sicofísica, deben cumplir como mínimo 15 años de servicio y hasta 20 años para quienes se retiren por voluntad propia.
No renunciar al cumplir los 20 años de servicio se entenderá como una manifestación voluntaria de permanecer vinculado hasta que se presente alguna de las siguientes circunstancias: retiro por disposición de la Dirección General, retiro por disminución de la capacidad sicofísica o por llamamiento a calificar servicios.
Para quienes estuvieren escalafonados antes del 31 de diciembre del 2004 tendrían derecho a la asignación de retiro, cuando sean desvinculados después de 15 años de servicios. Las partidas computables para el reconocimiento de la asignación de retiro serán las establecidas en el Decreto 1157 del 2014 o demás normas que lo sustituyan.
Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 212/17S, 16/05/17
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