Congreso
Reforma al arancel judicial inicia debates en el Senado
15 de Mayo de 2012
Con una modulación sobre el principio de gratuidad, inicia esta semana el tercer debate al proyecto que busca reformar la reglamentación del arancel judicial.
La Comisión Tercera del Senado recibió la ponencia positiva, que propone dividir en dos partes el pago del arancel: un 1 % a la presentación de la demanda y un 1 % contra el valor efectivamente recuperado.
El arancel no se cobraría en los procedimientos penales, laborales, contencioso laborales, de familia, de menores ni en los juicios de control constitucional o derivados del ejercicio de la acción de tutela y demás acciones constitucionales.
Además, no se podrá cobrar a las personas jurídicas de derecho público, salvo a las entidades públicas que pertenezcan al sector financiero o que sean vigiladas por la Superintendencia Financiera.
Según la iniciativa, toda suma que se deba pagar por concepto de arancel judicial deberá hacerse a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura, Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, según lo reglamente ese alto tribunal.
¿A quiénes beneficia la iniciativa?
En abril pasado, la plenaria Cámara de Representantes aprobó en segundo debate el proyecto de ley que modifica el cobro del arancel judicial.
Dentro de los cambios realizados a la propuesta, se dispuso que si el demandante es una persona inscrita en los niveles 1, 2 o 3 del Sisbén o está beneficiado con el amparo de pobreza, el arancel se causará al final del proceso y solo si prosperan las pretensiones de la demanda.
En este caso, el pago deberá realizarlo el demandado vencido y la base será la condena económica decretada en el fallo.
Además, en los procesos contencioso administrativos diferentes al laboral se deberá pagar la contribución, cuando el demandante sea un particular. Si las pretensiones son concedidas, el juez debe ordenar la devolución del arancel.
(Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 019/11C-224/11S, mayo 3/12)
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