Proyecto para regular el cabildeo limitaría actividad de lobistas ante entidades estatales
24 de Octubre de 2018
Representantes del partido Liberal radicaron el proyecto de ley 185/18C, cuyo objetivo es regular el ejercicio del cabildeo y garantizar la transparencia e igualdad de oportunidades en la participación para la adopción de decisiones públicas. (Lea: El cabildeo sería una actividad profesional regulada).
Esta actividad, explica el texto, comprende aquellas gestiones que realizan personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con el fin de obtener, defender y representar intereses o poder influir sobre determinadas decisiones dentro del marco de la Constitución y la ley.
Según el autor, el proyecto propone un esquema de regulación ajustado al modelo de Estado social de derecho, respetuoso y promotor de los principios constitucionales de democracia participativa y moralidad administrativa, así como una tendencia al máximo nivel de transparencia eficiente en el proceso de adopción de decisiones públicas.
La iniciativa, a la que ya le designaron ponentes y está en trámite en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, cuenta con 30 artículos, divididos en 5 capítulos, que se resumen así, en términos generales:
- Además de establecer las disposiciones generales del cabildeo y qué actividades no son consideradas como tal, indica como requisito para el ejercicio del cabildeo la inscripción en el registro público de cabilderos.
- Contempla derechos, obligaciones y prohibiciones tanto a cabilderos como a autoridades.
- Dispone la creación del registro público de cabilderos, el cual será virtual y disponible en internet y cuyas funcionalidades serán completamente gratuitas, así como los procedimientos de suministro y el mecanismo de validación por parte de las autoridades obligadas.
- Establece el régimen sancionatorio asociado al cumplimiento de las obligaciones previstas en la norma, principio de máxima publicidad, determinación de conductas sancionables y modificación al Código Disciplinario Único.
- Consagra la obligación de un reporte de huella de cabildeo en la adopción de decisiones públicas y las condiciones para la reglamentación gubernamental.
La propuesta establece como prohibición complementaria para las autoridades recibir cualquier tipo de regalo o donación de personas que tengan intereses en las decisiones que estas puedan adoptar en ejercicio de sus funciones. También, tendrían la obligación de registrar la información asociada a los viajes que realicen financiados por cabilderos o clientes.
Por su parte, los cabilderos tendrían prohibido adelantar actividades ante entidades en las que hayan prestado sus servicios durante los dos años anteriores y hacer uso de información objeto de reserva legal de la que lleguen a tener conocimiento.
Cámara de Representantes, proyecto de ley 185/18C.
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